La regla es que se tramitarán solamente los proyectos que cumplan estos requisitos. Los que no, deben de ser rechazados.
La incidencia del ISD no es menor, no en vano este año alcanzará el tercer lugar de los impuestos más productivos.
Marchar contra reglas claras y un contenido indiscutible, no ayuda a entender el real propósito de este contenido.
Para este efecto, debería fijarse una tarifa que sea aceptable y que permita la prestación del servicio por el sector privado.
Repetir y repetir hasta que mi “cuate” llegue no es una actuación que podamos bajo ningún concepto señalarla como normal...
Un Estado de derecho se inaugura cuando actuamos de conformidad con la norma previamente establecida...
(...) el impacto de la carga tributaria la soporta el consumidor de los productos de la canasta básica.
¿Por qué la necesidad de someter al contribuyente a una carga impositiva tan severa?
(...) provocará una vulneración del principio de legalidad y de reserva de ley en materia tributaria.
Las necesidades de obra pública municipal en nuestra ciudad son enormes y para satisfacerla hemos estado permanentemente dispuestos a pagar tributos.
El derecho está lleno de ficciones que sirven para su aplicación plena, entre otras funciones sustanciales...
Técnicamente, lo que está provocando es un rediseño de una figura jurídica preexistente.
Esta responsabilidad tributaria es solidaria, puede cobrarse de manera indistinta al principal o al responsable.
Ninguna autoridad tiene más competencias que las que expresamente le confiere la Constitución o la ley.
... señalan que solo al presidente de la República le corresponde la prerrogativa de la iniciativa tributaria.
La norma constitucional es clara, sin embargo, “el primer poder” del Estado estaría tomando decisiones que marchan abiertamente contra normas expresas.
Se necesita poner distancia con criterios torcidos e inconfesables, que no solamente se han dado en el correato.
Las instituciones públicas están en la obligación de liderar esta gestión con optimización de resultados y, en ese propósito, sumar a todo privado que tenga la musculatura suficiente, para que colabore y contribuya.
La tarea no es menor, la Ley de Simplificación Tributaria contradice al Código Tributario. Hay, sin duda, un choque de normas de igual jerarquía, ¿cuál prevalece?
Es preciso señalar que el Gobierno afronta un problema macro de insuficiencia de recursos para atender sus obligaciones. El presupuesto general tiene la cuenta de gastos más abultada que la de ingresos.
La garantía fundamental de acceder a la justicia tributaria no se aplica.
Inseguridad jurídica
En días pasados se han refrescado sustancialmente los criterios sobre la tasa de servicio de control aduanero, impuesta por el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (Senae), con ocasión de la resolución adoptada en el caso, sometido a un proceso de investigación, por la Secretaría General de la Comunidad Andina.