En noviembre del 2017 el SRI emitió una resolución que obliga a personas naturales y jurídicas a que reporten los saldos y transferencias de cuentas bancarias en instituciones financieras en el exterior desde el año 2014, tomando como una referencia los montos de las transacciones realizadas.
Adicionalmente en este mismo mes el SRI emitió otra resolución para que las entidades del sistema financiero reporten las transferencias enviadas y recibidas a través del SWIFT hacia cuentas en paraísos fiscales o países en los cuales Ecuador mantenga vigente un convenio para evitar la doble imposición.
Estos nuevos formularios, analizados de forma técnica, permiten establecer presunciones de ingresos no declarados formalmente sean locales o en el exterior, así como otros activos que posean los contribuyentes y que no hayan registrado en sus declaraciones patrimoniales oportunamente. Estructurando un nuevo proceso de control denominado “la ruta del dinero”.
De igual manera, un análisis erróneo podría arrojar falsos positivos dentro de una auditoría forense, derivando en glosas que afectan el presupuesto de las empresas y principalmente su reputación. Los empresarios deben estar correctamente asesorados en materia tributaria y planificación patrimonial, cumpliendo con las leyes vigentes.
Las entidades de control buscan ser más eficientes en la recaudación tributaria en base a mayor información de los contribuyentes, y esto no es malo per se. Un Estado eficiente aprovecharía esta herramienta y evitaría incrementar impuestos que desincentivan la inversión y los emprendimientos.
Sería un error que este tipo de controles se enfoque solo al sector privado, es precisamente al sector público donde deberían reforzarse los procesos de auditoría y determinar la ruta del dinero que siguieron los recursos producto de la corrupción de años anteriores y que afectaron el presupuesto del Estado, perjudicando el financiamiento de proyectos de interés social.
Experiencias como la de Argentina y la de Perú, donde se realizaron y publicaron investigaciones para establecer la ruta del dinero producto de la corrupción de anteriores gobiernos, deberían ser analizadas para aplicarlas en Ecuador.
Para combatir la corrupción, no es suficiente con establecer una ley que prohíba a los funcionarios públicos tener bienes y cuentas bancarias en paraísos fiscales, es importante también detectar el origen del dinero proveniente de ilícitos cometidos. El correcto análisis del incremento patrimonial es fundamental en estos casos, para la tranquilidad de la gran mayoría que sí cumplieron la ley.
El Estado tiene el desafío de recuperar el dinero que perdió producto de la corrupción, pública y privada, estableciendo mecanismos para identificar la ruta y el destino que estos tomaron, dinero que se invirtió en empresas formales en el país, en la adquisición de bienes inmuebles, o que se enviaron a cuentas en el exterior, llegando a configurar en estos casos el delito de lavado de activos.
La mejor defensa es el conocimiento. (O)
*Experto Tributario y en Prevención de Lavado de Activos.