“Vamos por más…”, frase que adquirió relevancia en la región, particularmente en gobiernos cuyos manejos económicos tomaron de base el incremento del gasto público. A manera de ejemplo: Argentina, Nicaragua, Honduras, Ecuador.

“Vamos por más…” ha servido a los propósitos de dichos gobiernos, como un mensaje comunicacional tendiente a generar una atmósfera de confianza en la población. La estrategia de poner al gasto público como motor de desarrollo en detrimento del aporte del sector privado y de la economía popular y solidaria ha pasado factura. Se requieren recursos para las arcas fiscales, y en el cómo hacerlo florece la creatividad y van por más…

En plena campaña electoral, el 23 de enero de 2017, fue remitido al presidente de la República el proyecto aprobado por la Asamblea Nacional “Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria”. El proyecto contiene aspectos positivos y otros que deben ser aclarados por las autoridades en beneficio de los depositantes.

El numeral tercero, cláusula tercera, disposiciones reformatorias del mencionado proyecto, señala: “Entre los procedimientos que permitan la aplicación de la regla del menor costo respecto del pago de seguro de depósitos, la Cosede podrá invertir recursos del Seguro de Depósitos (SD), hasta con dos años de gracia y hasta veinte años plazo, en entidades financieras que adquieran la totalidad de activos y pasivos de entidades financieras inviables…”.

El objetivo central de un SD, que se nutre de los aportes de los depositantes/socios, es precautelar los intereses de los ahorristas ante eventual quiebra de una institución financiera (según la Superintendencia de la Economía Popular y Solidaria, SEPS, desde 2011 han cerrado 178 organizaciones, y 120 en 2016). El SD debe ser obligatorio y transparente, el Cosede debe publicitar un listado actualizado de cada institución aportante, con el valor hasta el cual los depósitos se encuentran cubiertos. El SD tiene que disponer de recursos suficientes y líquidos para responder por los depósitos cubiertos, por lo que parece poco razonable que con el nuevo proyecto de Ley se permita a la Cosede invertir los recursos de los depositantes del SD en préstamos hasta 20 años plazo, con hasta 2 años de gracia.

Adicionalmente, el art. 130 del citado proyecto de Ley indica que “… Los proveedores del Estado pertenecientes a la economía popular y solidaria (EPS) a quienes se les haya generado órdenes de pago a través de la plataforma del ente rector de las finanzas públicas… podrán negociar y endosar dichas órdenes de pago a una entidad del sistema financiero nacional… Las entidades del sistema financiero nacional contabilizarán las órdenes de pago como instrumentos de inversión…. que tendrán misma categoría y tratamiento que los títulos emitidos por el Ministerio de Finanzas”. ¿Este mecanismo permitiría pagar, con papeles, las deudas que los proveedores de la EPS tengan en las instituciones financieras? Si hasta hace poco, mecanismos de este tipo fueron tildados de inapropiados, ¿por qué se los propone hoy?

Siguiendo la línea comunicacional del Gobierno, las autoridades deberían explicar ¿de qué manera con las normas citadas los depositantes podemos “ir por más…”? (O)