El Cuarto Tribunal de Garantías Penales, encabezado por el juez José Suárez, condenó a 16 militares procesados por el delito de desaparición forzada de los menores de las Malvinas.

Tras una hora y media de diligencia, el tribunal cumplió con la lectura de la sentencia al considerar que se configuraba el delito tipificado en el artículo 84 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), con agravantes del artículo 47 numerales 5, 7 y 11.

Los 16 militares, encabezados por John Z., fueron señalados como culpables y condenados a una pena de 34 años y 8 meses de prisión, mientras otros cinco cooperadores eficaces deberán cumplir con 30 meses de prisión.

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A su vez, el tribunal ratificó el estado de inocencia de Juan Francisco I. al considerar que no tuvo participación directa u ocultamiento de información.

El tribunal también dispuso varias medidas de reparación, incluyendo publicaciones para desmentir aseveraciones que se difundieron en redes sociales sobre la supuesta participación de los menores en actos irregulares.

Medidas de reparación dispuestas por el tribunal

  • Para los condenados se dispuso una multa de 800 salarios básicos unificados ($ 376.000).
  • Reparación integral de $ 10.000 por cada condenado a cada uno de los familiares de las víctimas.
  • Las disculpas públicas por un medio de comunicación nacional y una ceremonia de desagravio en la base de Taura, reconociendo la responsabilidad del Estado e institución. Además de poner una placa ceremonial en la puerta principal en esa sede militar, con los nombres de las víctimas.
  • Para garantizar la no repetición, el tribunal dispuso que se den capacitaciones a militares. Será de por lo menos 120 horas al año sobre derechos humanos e intervenciones con civiles, sobre todo de grupos vulnerables.
  • Sobre versiones ilegítimas que involucraron a los menores en presuntos delitos, el tribunal dispuso la emisión de disculpas públicas y publicación de la verdad. Se ordena que la institución del Estado, las Fuerzas Armadas, el Ministerio de Defensa Nacional y los sentenciados procedan a publicar un extracto de la sentencia y una disculpa pública dirigida a los familiares de las víctimas.
  • Se debe hacer en una publicación a costa de los sentenciados y de la institución solidaria en el mismo medio de comunicación, prensa escrita de circulación nacional y plataformas de redes sociales donde se difundió la información “errónea” del operativo militar.

La publicación deberá tener el siguiente título: “Rectificación y verdad: inocencia de las víctimas del caso Malvinas”.

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En el texto se deberá explicar que las víctimas “no eran delincuentes sino víctimas de desaparición forzada”, y que las versiones difundidas previas en redes carecían de fundamentación jurídica. (I)