El juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) Guillermo Ortega entró a definir los términos de la sentencia y el grado de sanción que aplicará en la denuncia presentada en contra de la vicepresidenta, Verónica Abad, por supuesta violencia política de género.

Este 5 de febrero de 2025, se realizó la audiencia oral única de prueba y alegatos por la denuncia presentada por la ministra de Relaciones Exteriores, Gabriela Sommerfeld, en contra de la vicepresidenta, Verónica Abad, quien no acudió a la audiencia ni tampoco su abogado se presentó; por lo tanto, fue juzgada en rebeldía y en la audiencia estuvo representada por un abogado asignado por la Defensoría Pública, Diego Jaya.

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En los alegatos y presentación de pruebas, Jaime Dousdebes, defensa de Sommerfeld, señaló que la denuncia se pone porque hace falta poner un alto y no porque sea una violación electoral o política, sino porque esta infracción pretende denigrar y acabar con la honra y reputación de su defendida, y tenga que soportar insultos, ataques y menoscabo en su imagen pública.

Explicó que la violencia política de género denunciada contra Abad, se adecúa a lo que dispone el artículo 280 del Código de la Democracia, primero que la conducta sea cometida en contra de mujeres, y para ello, como prueba presentó cuatro videos donde interviene la vicepresidenta y según la defensa la accionada propició insultos, amenazas y agravios cometidos contra la señora canciller Gabriela Sommerfeld.

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El segundo requisito cuando la conducta que denuncia se oriente a limitar las funciones de la mujer de alguna forma, es decir, acortar, suspender, impedir o restringir el accionar o el ejercicio de una función; y si eso se aterriza en uno de los numerales del artículo 280, automáticamente se debe declarar la violencia política de género.

En el caso de su defendida, agregó Jaime Dousdebes, en su calidad de canciller, ha sufrido un ataque sistemático en los últimos meses, “es un ataque que ha sido planificado y ejecutado por la señora María Verónica Abad Rojas, que en su calidad y teniendo un cargo de poder como es el de vicepresidente de la República, a través de intervenciones públicas, de entrevistas, de declaraciones y de pronunciamientos que hemos visto todos, ha denigrado la imagen pública y el prestigio”.

Que la intención de Abad, agregó, es destruir su trabajo como ministra de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, con el fin de que no desarrolle su cargo con normalidad e incluso de que llegue a renunciar o ser separada de este.

La defensa de la canciller, afirmó que los ataques tienen un hilo conductor, pues a su criterio la vicepresidenta Abad ha llegado a llamarla “sorda, a sostener públicamente que la ha desterrado y secuestrado, que no le interesan las funciones de su cargo, porque tiene una agenda oscura, que la ha hostigado, que solo le importa el poder, que no trabaja por los ecuatorianos, pero que el que ríe al último, ríe mejor”, en franca actitud amenazante.

Por todo lo señalado, Jaime Dousdebes pidió al juez electoral Guillermo Ortega, que de conformidad con el primer inciso del artículo 279 del Código de la Democracia emita las sanciones que correspondan en esta causa.

Diego Haya, defensa pública de la vicepresidenta Verónica Abad, pidió al juez que se ratifique el estado de inocencia de su defendida, pues dijo que no existe prueba, que no hay un perito que determine la violencia política de género y las afectaciones que se hubieran haberse realizado, en este caso, a la denunciante.

Indicó que en un contexto de entrevista general en medios de comunicación, no hay la intención de su representada en afectar los derechos que tiene la funcionaria pública, en este caso, de la canciller, por lo tanto no existe prueba; que el desprestigio, los estereotipos de género simplemente son alusiones subjetivas.

Que la violencia de género se produce cuando se limita a la igualdad y el ejercicio de las funciones de una persona pública, tanto política como sus funciones públicas, y que eso no se ha probado; que no se ha podido probar la originalidad y la autenticidad de los videos expuestos por la accionante.

Además, sostuvo que la expresiones de la señora Abad han sido dentro de un contexto de ejercicio de su calidad de vicepresidenta del Ecuador. Ha accedido a los medios de comunicación y ha respondido preguntas, y “para nosotros no existen expresiones que limiten o denigren o que impidan o anulen los derechos de la señora canciller, son expresiones de su inconformidad, como cualquier persona lo tiene dentro de un cargo público, dentro de la sociedad, dentro de las instituciones”.

El juez electoral Guillermo Ortega cerró la audiencia y ahora entra a analizar las pruebas presentadas en la causa 227-2024-TCE, para elaborar su sentencia, para lo cual no existe un plazo establecido. (I)