La vicepresidenta de la República, Verónica Abad, aclaró que el pleno del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) será el organismo que ratifique o no la suspensión de sus derechos políticos por dos años, como lo determinó el juez Guillermo Ortega, el pasado 27 de febrero, en una sentencia de primera instancia.
Este viernes, 7 de marzo, el juez Guillermo Ortega dio respuesta al recurso horizontal de aclaración interpuesto por la defensa de Verónica Abad, respecto de la sentencia de suspensión por dos años de los derechos políticos de la vicepresidenta y la multa de 30 salarios básicos unificados por comprobarse que incurrió en actos de violencia política de género, contemplados en el artículo 279 del Código de la Democracia.
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Una vez notificada la parte del juez electoral, la defensa de la vicepresidenta podrá presentar un recurso vertical de apelación, que debe ser resuelto por el pleno del TCE, y para ello tiene un término de tres días.
El juez Ortega, en la sentencia del 27 de febrero, aceptó la denuncia presentada por Gabriela Sommerfeld Rosero, en calidad de ministra de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, en contra de Verónica Abad, acusada de violencia política de género, porque, “con base en estereotipos de género y relaciones de dominación, ha menoscabado su imagen pública a través de declaraciones injuriosas y discriminatorias, con la intención de limitar sus derechos inherentes a la función pública que realiza, impidiéndole ejercer el cargo en condiciones de igualdad”.
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En su cuenta de X, la vicepresidenta Abad escribió: “El juez Guillermo Ortega ‘no ratificó’ la suspensión de mis derechos políticos, resolvió dar por atendido el recurso de ‘aclaración’ presentado por mi defensa. Donde ratifica que me ha notificado, sin prueba ni mi firma como dice la ley (...). ¿Cuál tiene la facultad de ratificar o ‘revocar’ la sentencia? Es el pleno del TCE, cuatro jueces, que dicho sea de paso están siendo observados por Dios y los diferentes organismos de derechos internacionales”. (I)