Para este 29 y 30 de octubre se ha separado la sala 206 del Complejo Judicial Norte, en Quito, para que se realice la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio contra el hijo y el asesor de la vicepresidenta de la República Verónica Abad, Francisco Sebastián B. A. y Daniel Lenín R. P., respectivamente, ambos acusados del delito de oferta de tráfico de influencias.

Estas fechas para la diligencia fueron definidas por la jueza Karol Zambrano, de la Unidad Especializada para el Juzgamiento de Delitos relacionados con Corrupción y Crimen Organizado, luego que se dio el diferimiento el pasado 11 septiembre.

Publicidad

El denominado caso Nene arrancó el 22 de marzo pasado con la detención de Sebastián B. A. bajo cargos del delito oferta de tráfico de influencias. Para mediados de junio último, dentro de la misma investigación, aparecieron otros elementos que hacían presumir a la Fiscalía sobre la participación de la actual vicepresidenta Abad, quien tiene fuero de Corte Nacional, y de su asesor Daniel Lenín R. P. En ese momento se explicó que había información para procesar el delito de concusión, dejando de lado el de oferta de tráfico de influencias.

Trámite de denuncias electorales que enfrenta la vicepresidenta Verónica Abad toma impulso en el Tribunal Contencioso

Se intentó vincular a Abad a la causa penal contra su hijo, pero no se dio debido a que el pleno de la Asamblea Nacional, el 14 de junio último, negó la solicitud de la jueza nacional Daniella Camacho, quien pedía que se pronuncie sobre si autoriza o no el enjuiciamiento penal de la vicepresidenta en funciones. La Asamblea ratificó la inmunidad de Abad y finalmente solo se vinculó a su asesor, siguiendo el procesamiento inicial bajo el delito de oferta de tráfico de influencias.

Publicidad

La investigación del caso Nene gira en torno a lo denunciado por Romel P. Él aseguró que lo contactaron los dos hoy procesados para ofrecerle el cargo de coordinador de Comunicación en la Vicepresidencia de la República, pero a cambio pedían que del sueldo de $ 3.200 que iba a recibir, debía entregarles una buena parte de ese mensual. Primero se le exigían $ 2.000 mensuales y luego de una “negociación” la cifra quedó en $ 1.500.

Romel P. no habría podido pagar nada de lo pactado porque antes de reconocer su deuda y poder retirar una letra de garantía por $ 30.600 que le hizo supuestamente firmar Francisco Sebastián B. A., al denunciante lo habrían desvinculado del cargo en la Vicepresidencia de la República.

Quito, 26 de septiembre de 2024.- La vicepresidenta de la República, Verónica Abad, durante la audiencia de acción de protección que planteó en contra del Ministerio del Trabajo. Foto: Captura de pantalla Foto: Cortesía

Oswaldo Trujillo, defensa del hijo de la vicepresidenta Abad, interpuso junto con su cliente una denuncia en la Fiscalía ante supuestas “amenazas e intimidaciones”. Ha asegurado que sobre Francisco Sebastián B. A. se han dado seguimientos, vigilancias, el sobrevuelo de drones sobre su vivienda en Cuenca (Azuay) e incluso le habrían dejado un papel en el que le decía que lo están “espiando”.

Francisco Sebastián B. A. es un abogado de profesión que ocupó cargos públicos en la Defensoría Pública, como director nacional de Servicios de Mediación, y en la Gobernación del Azuay, como intendente general de Policía del Azuay, comisario de Policía de los cantones Cuenca y Pucará.

En medio de una denuncia por intimidación, el hijo y el asesor de la vicepresidenta Verónica Abad esperan una audiencia por oferta de tráfico de influencias

Tanto Francisco Sebastián B. A. como Daniel Lenín R. P. son investigados por el delito de oferta de realizar tráfico de influencias, referido en el artículo 286 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Esta norma define que la persona que, ofreciéndose a ejercer influencia en otro servidor para obtener un acto o resolución que generare un beneficio económico o inmaterial favorable a sus intereses o de terceros, solicite arbitrariamente de terceros donativos, dádivas, presentes, promesas, derechos, cuotas, contribuciones, rentas, intereses, ventajas, sueldos, gratificaciones, beneficios inmateriales o beneficios económicos indebidos u otro bien de orden material, para sí o para un tercero, por sí o por interpuesta persona o acepte ofrecimiento o promesa, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años.

Se aclara que se aplicará el máximo de la pena prevista cuando se cometa el delito aprovechándose de una declaratoria de emergencia o estado de excepción. (I)