Ausentarse injustificadamente de la junta receptora del voto antes de haber concluido el escrutinio es la falta más grave que puede cometer un miembro de las juntas receptoras del voto (JRV) y se sanciona con una multa que va de $ 4.950 a $ 9.000, así lo explicó el director de la Delegación Electoral del Guayas, John Gamboa.