La Corte Constitucional, mediante una sentencia emitida el 11 de diciembre de 2025, declaró la inconstitucionalidad del artículo 25, numeral 1, de la Ley Orgánica Reformatoria de la Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica, publicada en el Registro Oficial el 14 de mayo de 2021, por permitir la participación privada en el sector eléctrico sin que sea excepcional, con lo cual el Estado no podrá concesionar a la empresa privada los servicios de energía eléctrica bajo la justificación de interés público.