La Comisión de Fiscalización de la Asamblea Nacional este miércoles, 6 de agosto, empezó el trámite del juicio político en contra del vocal del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) Gonzalo Albán Molestina por supuesto incumplimiento de funciones.
La solicitud de juicio político la presentó el asambleísta oficialista Kevin Gallardo (ADN), quien argumenta que el consejero incurrió en un incumplimiento al inscribirse como candidato al CPCCS siendo adherente permanente de un movimiento o partido político, lo cual está expresamente prohibido no solamente por la normativa, sino también por la Constitución.
Señaló que la conducta del consejero Albán ha sido debidamente verificada dentro del periodo de juicio político, pues dijo que se ha presentado el material probatorio que deberá ser sustentado, por ejemplo, certificaciones del Consejo Nacional Electoral que demuestran la adherencia o participación directa en un partido o movimiento político, lo cual se encuentra normado y prohibido de manera tácita en la Constitución. El movimiento al que pertenecía Albán en el momento de inscribir su candidatura era Mover, afirmó el legislador Gallardo.
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El juicio político presentado por el legislador Gallardo se acoge al voto salvado emitido por la ahora exjueza del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) Patricia Guaicha Rivera, dentro de la causa n.º 186-2022, a través del cual la juzgadora llega a la conclusión de que Gonzalo Albán Molestina no desvirtuó jamás no estar inmerso en la prohibición del artículo 21, numeral 8, de la Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social y el artículo 7, numeral 8, del instructivo, que establecen como requisito para ser candidato a consejero del CPCCS no ser adherente a una organización política en los últimos cinco años; pues, de la certificación otorgada por el secretario encargado de la Delegación Electoral del Guayas, solo se establece que Albán Molestina no constaba registrado como director de una organización política y tampoco había desempeñado algún cargo público.
Sin embargo, se habría omitido dar información respecto de la filiación de este a una organización política. En consecuencia, la jueza determinó que la información que en su momento solicitó el TCE se incorporó al expediente de manera incompleta.
El consejero Gonzalo Albán expuso que es preocupante que el control político de la Asamblea Nacional vaya sobre sentencias de la Función Electoral cuando hay una decisión tomada por el Tribunal Contencioso Electoral que no puede ser revisada porque es de última instancia, pues resolvió revocar las decisiones emitidas por el CNE y, en consecuencia, permitir su postulación como consejero.
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En la sesión de la Comisión de Fiscalización de este miércoles, 6 de agosto, una vez conocida la comunicación del Consejo de la Administración Legislativa (CAL), el presidente de la mesa, Ferdinan Álvarez (ADN), abrió el debate y fue la asambleísta Fabiola Sanmartín (ADN) quien planteó la moción para avocar conocimiento y calificar el juicio y de manera inmediata se llamó a la votación.
La secretaría de la mesa registró seis votos a favor de la moción y tres abstenciones. Los seis votos fueron de ADN y las tres abstenciones de los delegados de la bancada de RC. (I)