“No siendo objeto de esta acción de habeas corpus verificar o ejecutar el cumplimiento de una sentencia, ya que las garantías jurisdiccionales tienen su propia individualización, naturaleza jurídica, objetivos y finalidades diferentes. (...) En aplicación al principio constitucional de la tutela judicial efectiva (...), inadmito la acción de habeas corpus propuesta por el abogado Carlos Alvear”.