El juez electoral Guillermo Ortega, este 21 de febrero, cerró la audiencia oral única de prueba y alegatos dentro de la causa n.º 227-2024-TCE, en la que la canciller Gabriela Sommerfeld denunció a la vicepresidenta Verónica Abad por violencia política de género tras declaraciones públicas en un plan para impedir que ejerza el cargo con normalidad.
La audiencia se ejecutó luego que el juez determinó la nulidad de una audiencia que se desarrolló el pasado 5 de febrero, con el propósito de brindar el derecho a la defensa.
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Jaime Dousdebes, defensa de la denunciante, solicitó al juez que marque un precedente radical y estricto en esta causa, no puede ser que de una mujer a otra mujer en cargos públicos tan importantes se configuren estas causales de violencia política de género; y que además de las sanciones que pueda emitir en virtud del artículo 279 del Código de la Democracia, que se condene por las pruebas fehacientes de la violencia política de género a María Verónica Abad Rojas a que ofrezca disculpas públicas a la canciller, por el ataque que ella ha sufrido.
En cambio, Domenic Dávila, defensa de Verónica Abad, sostuvo que la sustentación de la acusación fue débil porque la prueba audiovisual no tuvo cadena de custodia y no hay seguridad de que estos no fueron alterados con inteligencia artificial. También pidió al juez que marque un precedente con respecto a la prueba.
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Damian Álvarez, también defensa de la acusada, remarcó que se tome en cuenta la eficacia de la prueba, y como no fueron expuestas en la audiencia deberían ser excluidas. Y solicitó que se rechace la denuncia presentada en contra de la vicepresidenta Verónica Abad, pues sostuvo que es una infundada, procedimiento que no tiene ninguna prueba que permita, con base en los criterios de pertinencia, utilidad y conducencia, llegar a la conclusión de que hay violencia política de género. Por ello, Álvarez pidió que se ratifique en su estado de inocencia a la vicepresidenta de la República, María Verónica Rojas, y se deseche esta denuncia por infundada.
Audiencia
La audiencia oral empezó con la intervención de la defensa de la canciller Sommerfeld, Jaime Dousdebes, quien expuso que el caso toma relevancia porque la violencia política de género ha sido cometida por otra mujer que ocupa la Vicepresidencia de la República, María Verónica Abad Rojas, en contra de Gabriela Sommerfeld, ministra de Relaciones Exteriores, con el fin de amenazarla, menoscabar su imagen pública e impedir que ella continúe en el ejercicio de su cargo a través de insultos, difamaciones y amenazas.
Las declaraciones e insultos, afirmó la defensa de Sommerfeld, no son declaraciones individuales, son parte de un plan definido y estructurado que ha utilizado la vicepresidenta para separar a la canciller de su cargo e impedirle que lo ejerza con normalidad. Esto a pesar de que el Código de la Democracia reconoce esta violencia política de género por la importancia de la mujer en la política.
Jaime Dousdebes indicó que el cargo de canciller es un espejo de lo que representa el Ecuador ante la comunidad internacional, y que los insultos y las difamaciones que han sido proferidos se han hecho públicos en medios nacionales e internacionales, llegando a una altísima cobertura mediática que deja no solo nacionalmente, sino ante la comunidad internacional, una imagen equivocada, menoscabada y amenazante para la canciller en el ejercicio de su cargo.
Entre los insultos propinados contra la canciller están “mentirosa”, “sorda”, que la canciller la tiene desterrada, secuestrada y censurada; y según la defensa, con estas aseveraciones lo que busca la vicepresidenta de la República denunciada, en esta causa, es divulgar imágenes en el ejercicio del derecho político de la canciller que transmiten y reproducen una relación de dominación, desigualdad y discriminación contra las mujeres, con el objetivo de menoscabar su imagen pública.
Damian Álvarez, defensa de la acusada Verónica Abad, al ejercer su derecho a la defensa, se refirió a la forma de la presentación de la prueba escrita, y ante el juez señaló que esta no fue debidamente actuada y además dijo que la defensa de la accionante habla de que existen cuatro causales que configurarían la violencia política de género, pero que no se ha referido ninguno de ellos en la audiencia, por lo tanto, pidió que se excluya la prueba documental.
Al referirse a las pruebas audiovisuales presentadas, Álvarez afirmó que no se ha demostrado cómo estas pruebas terminaron incidiendo en un inadecuado ejercicio de derechos políticos por la parte de la canciller; por lo tanto, dijo que son pruebas inconducentes y solicitó su exclusión del proceso, por ser impertinentes. También cuestionó el trabajo realizado por el perito en este caso. (I)