El juez nacional Manuel Cabrera, quien llamó a juicio a los procesados en el caso Metástasis, definió que no procede el pedido hecho por Christian Romero, abogado del narcotraficante Leandro Norero, quien solicita que se acumulen los procesos penales iniciados en su contra por el delito de delincuencia organizada en las causas conocidas como Metástasis y Plaga, ambas relacionadas con la injerencia y manipulación, en distintos niveles, del sistema de justicia ecuatoriano.
Romero, alias Globalphax, fue llamado a juicio el 7 de octubre de 2024 en Metástasis y el 7 de abril de 2025 en Plaga. En ambos casos la etapa de juzgamiento quedó en suspenso, debido a que el abogado de profesión no había cumplido las dos órdenes de prisión preventiva definidas en su contra, porque es aún visto como un prófugo de la justicia y porque la delincuencia organizada es un delito que no puede ser juzgado en ausencia.
Alias Globalphax, el 6 de febrero pasado, ingresó un escrito solicitando que el juez Cabrera se inhiba de continuar conociendo el caso Metástasis y disponga la acumulación de esta causa con el proceso penal conocido con el nombre de Plaga.
Publicidad
“Solicito la acumulación de los dos procesos penales (...), buscando así garantizar que los hechos sean juzgados en una sola audiencia de juzgamiento,con el fin de no poner en evidente riesgo de vulneración del principio de non bis in idem, el debido proceso, la tutelajudicial efectiva y la seguridad jurídica. Como es de su conocimiento, la tramitación separada de procesos conexos, por un mismo delito, en una misma unidad de tiempo, no solo contraviene el marco normativo ecuatoriano, sino que también pone en riesgo los derechos fundamentales de mi persona como imputado, al obligarme a defender en dos frentes por hechos que son idénticos y sustancialmente relacionados”, explicó desde la clandestinidad el abogado.
Según Romero, en los dos procesos penales en su contra existe una evidente similitud y, por ende, la acumulación es escencial para garantizar un proceso penal justo, eficiente y coherente. Desde su perspectiva, ambas causas se circunscriben bajo la teoría de la Fiscalía de que el abogado Romero se organizó con el fin de obtener fallos favorables en la vía ordinaria y constitucional para liberar personas a cambio de dinero entregado a jueces y fiscales.
Desde esa perspectiva, anota el solicitante, el primer presupuesto normativo procesal para la acumulación estaría cumplido, así como también el segundo presupuesto, el cual está relacionado con que los hechos pueden ser consumados en el mismo lugar o en diversos lugares. “Según se ha escuchado a la Fiscalía, estas infracciones supuestamente fueron consumadas en distintas ciudades del Ecuador: Santo Domingo, Quito, Machala, Portoviejo, Latacunga, etcétera”, relató.
Publicidad
En Metástasis, Romero fue parte de una lista de treinta procesados llamados a juicio por ser parte de una “empresa criminal” liderada por el asesinado Leandro Norero, alias Patrón. La estructura conformada por una cúpula y colaboradores tenía el objetivo de conseguir fallos judiciales, obtener beneficios penitenciarios y tener información privilegiada de jueces, fiscales, policías y peritos en casos en los que estaban siendo procesados Norero y varios de sus familiares.
En cambio, en Plaga, causa que se desprendió de Metástasis, el abogado fue llamado a juicio con otras doce personas más a quienes la Fiscalía los acusó de integrar una organización que habría utilizado de manera ilegal y sistemática mecanismos jurídicos como habeas corpus, acciones de protección con medidas cautelares, medidas cautelares autónomas y la aplicación del principio inter comunis, apoyándose en la colaboración de personas vinculadas tanto a la función pública como privada.
Publicidad
Debido al control que la cúpula de Plaga mantenía sobre los colaboradores, indicó la Fiscalía, cada miembro de esta “estructura delictiva” ejerció su rol para satisfacer intereses concertados, obteniendo beneficios materiales a cambio de la emisión de boletas de excarcelación para “criminales peligrosos” sentenciados por delitos como asesinatos, delincuencia organizada, tráfico de sustancias sujetas de fiscalización, tráfico de migrantes y violación, entre otros.
En la respuesta que el juez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) Manuel Cabrera da al pedido, a finales de febrero pasado, el magistrado resalta que la circunstancia de que Christian Romero se encuentre imputado en ambos procesos no significa que los hechos que constan en ambos casos sean los mismos, pues, más allá de que la calificaicón jurídica de la conducta sea la misma (delincuencia organizada), los hechos por los que se acusó son diferentes. A esto agregó Cabrera que, si bien el procesado se encuentra como imputado en los dos casos, aquello no es razón suficiente para que proceda la acumulación de los procesos.
“Si bien en ambas causas (Metástasis y Plaga) la acusación fiscal ha sido presentada en la respectiva audiencia de evaluación y preparatoria de juicio por el delito de delincuencia organizada, los hechos contenidos en aquellas son diversos; asimismo, no hay identidad de procesados, sino únicamente la existencia del procesado Christian Romero en ambos, como uno de los sujetos activos dentro de los distintos entramados de corrupción que han sido imputados en dichos casos. En consecuencia, su pedido de acumulación de causas no procede”, concluyó el análisis del juez Cabrera. (I)








