El informe borrador de la Comisión de Fiscalización de la Asamblea Nacional recomienda al pleno de la legislatura el inicio del juicio político en contra del presidente del Consejo de la Judicatura, Mario Godoy, por manifiesta inoperancia en lo que respecta a la respuesta y manejo institucional frente a la renuncia y acciones adoptadas para garantizar la seguridad del juez Carlos Serrano Lucero.

El documento se conocerá este viernes 13 de febrero de 2026 a las 20:30, cuando se reúna la mesa legislativa para saber su contenido y someter a votación entre sus miembros.

Mario Godoy está acusado de incumplimiento de funciones por cinco asambleístas de la bancada de la Revolución Ciudadana (RC). Las acusaciones se relacionan con una supuesta interferencia en los procesos judiciales, un supuesto conflicto de intereses, omisión en la protección de los jueces y encubrimiento institucional a Henry Gaibor.

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Los acusadores sostienen que Godoy habría incurrido en injerencia indebida en asuntos jurisdiccionales en dos momentos: el primero, una supuesta presión a la jueza Nubia Vera, en el contexto de una acción de protección interpuesta por la exvicepresidenta de la República Verónica Abad, y una interferencia, del entonces director provincial de Pichincha, Henry Gaibor, en el proceso penal Euro 2024 seguido contra Jezdimir Srdan, por lavado de activos.

En el informe motivado que expone el presidente de la mesa, Ferdinan Álvarez, se señala que la Comisión de Fiscalización considera y concluye que al funcionario cuestionado, Mario Fabricio Godoy Naranjo, en su calidad de presidente del Consejo de la Judicatura, le es aplicable el régimen especial de fiscalización establecido en el artículo 39 del Código Orgánico de la Función Judicial.

Este análisis se refiere al caso y al conjunto de hechos relacionados con el juez Carlos Serrano Lucero, especialmente en lo que respecta a la respuesta y manejo institucional frente a su renuncia y a las acciones adoptadas para garantizar su seguridad e integridad física.

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Agrega que la conducta del cuestionado Mario Godoy, añade el informe, se enmarca en la causal específica prevista en el artículo 255 numeral 3 del Código Orgánico de la Función Judicial, que se refiere a la responsabilidad política y determina que los vocales del Consejo de la Judicatura podrán ser sometidos a juicio político por “manifiesta inoperancia en el cumplimiento de sus funciones”, en lugar de la causal genérica de incumplimiento de funciones.

En tal sentido, el documento recomienda emitir la recomendación pertinente para que se continúe con el respectivo trámite en el pleno de la Asamblea Nacional, a fin de que resuelva lo pertinente en el marco de lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa. (I)