Mediante el Decreto Ejecutivo No. 581, el Gobierno del presidente Daniel Noboa publicó este martes, 25 de marzo, el Reglamento a la Ley para la Prevención y Control del Cáncer Cérvico Uterino.
Esta ley fue aprobada en octubre de 2024, y contempla mecanismos de prevención a través de la planificación y vacunación por parte de los entes de salud. Estos organismos deberán impulsar acciones para brindar una atención integral para la población.
El primer artículo del decreto señala que el reglamento tiene por objeto normar y regular las disposiciones contenidas en la ley, para garantizar su cumplimiento.
Asimismo, que estas disposiciones serán de cumplimiento obligatorio en todo el territorio nacional y de aplicación para todas las instituciones que forman parte del Sistema Nacional de Salud, así como cualquier otro actor involucrado en la prevención, detección, tratamiento y seguimiento del cáncer cérvico uterino.
El reglamento también define los términos de consideración para esta enfermedad, así como las medidas de prevención, promoción y educación para combatirla.
Además, se contemplan las medidas de diagnóstico, tratamiento y seguimiento a las pacientes positivas.
De acuerdo a datos analizados por la Comisión de Salud del Legislativo, aproximadamente un 30 % de las muertes por cáncer podría evitarse modificando factores de riesgo, como sobrepeso, obesidad, ingesta reducida de frutas y verduras, falta de actividad física, consumo de alcohol y tabaco.
En Ecuador, las tasas de mortalidad por cáncer cervical no han presentado una reducción en los últimos años, a diferencia de lo que sucede en otros países. (I)