Hace más de dos años Fabiola Gallardo, expresidenta de la Corte de Justicia del Guayas, fue alejada del sistema de justicia al ser procesada y condenada en el caso Purga a trece años y cuatro meses como autora del delito de delincuencia organizada, pero sigue recibiendo sanciones administrativas desde el pleno del Consejo de la Judicatura (CJ) por irregularidades cometidas en el ejercicio del cargo que ocupó en la justicia de la provincia del Guayas.

El 16 de abril pasado, el pleno de la Judicatura, integrado por los vocales Magaly Ruiz, Fabián Fabara y Alfredo Cuadros y el presidente encargado del organismo aprobaron un informe técnico-jurídico que recomendaba que Gallardo, pese a estar cumpliendo su condena en la cárcel La Roca, en Guayaquil, sea sancionada con una suspensión de su cargo, sin goce de remuneración, por el plazo de 30 días, ante actuaciones irregulares como directora provincial del Guayas del CJ en el ámbito disciplinario.

Con esta sanción de tipo administrativo, según el Consejo de la Judicatura, la exdirectora y expresidenta del CJ en la provincia del Guayas es una reincidente que suma 2 destituciones, 75 suspensiones y 2 multas.

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QUITO (27-04-2026).- Sesión en la que el pleno del Consejo de la Judicatura sanciona a la expresidenta de la Corte de Justicia del Guayas Fabiola Gallardo. Captura de pantalla / EL UNIVERSO Foto: Cortesía

En este caso, el sumario contra Fabiola Gallardo se abre debido a que como directora provincial del Guayas del CJ en el ámbito disciplinario habría incurrido en el cometimiento de la infracción disciplinaria contenida en los artículos 107, numeral 17, y 108, numeral 6, del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ).

El área técnica del CJ determinó, respecto de la directora, que dentro de un expediente disciplinario omitió etapas esenciales del procedimiento disciplinario al no disponer la notificación al sumariado ni dar inicio al término probatorio y emitir únicamente un auto de archivo el 17 de marzo de 2022.

Según el informe probado, con esta actuación de Gallardo se contravino lo establecido en los artículos 10, literal a, 38 y 40 del Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Disciplinaria, así como las garantías del debido proceso previstas en los artículos 76, numerales uno y tres de la Constitución, pues se impidió que el servidor investigado ejerza su derecho a la defensa y que los hechos sean debidamente analizados mediante la prueba.

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Con todo esto se habría verificado el incumplimiento de las normas expresadas, configurándose la infracción disciplinaria establecida en el artículo 107, numeral 17, del COFJ.

QUITO (07-01-2025).- Audiencia de habeas corpus solicitado por el exasambleísta Pablo Muentes. Captura de Pantalla / EL UNIVERSO  Foto: Cortesía

Además, el área técnica habría evidenciado que el auto de archivo en el caso analizado para la sanción carecía de una debida motivación, ya que la autoridad sustentó su decisión en documentos que no fueron incorporados ni practicados como prueba, sin contar con una base fáctica suficiente ni desarrolló una argumentación jurídica adecuada conforme a los estándares mínimos por la Corte Constitucional. Por ello también se configuraría la infracción prevista en el artículo 108, numeral 6, del COFJ.

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El 3 de marzo de 2025, un Tribunal de Juzgamiento de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) declaró culpables del delito de delincuencia organizada, dentro del caso Purga, a Fabiola Gallardo, al exlegislador socialcristiano Pablo Muentes y a ocho personas más.

Los jueces nacionales Daniella Camacho (ponente), Felipe Córdova y el conjuez Marco Aguirre arribaron a la convicción de que Muentes, Gallardo y el exjuez de Guayas Johann Marfetán eran responsables del delito investigado en calidad de autores. Los sentenció a los tres a trece años y cuatro meses de prisión y una multa de 40 salarios unificados básicos (SBU), además de 20 años de pérdida de derechos de participación.

QUITO (12-02-2025).- En la Corte Nacional de Justicia, se realizó la audiencia de juicio en el caso Purga. En dicha audiencia, dialogan los procesados, Fabiola Gallardo (i), Pablo Muentes (c) y Johann Marfetan. Carlos Granja Medranda / EL UNIVERSO Foto: Carlos Granja Medranda

En cambio, respecto a los exjueces Reynaldo Cevallos, Guillermo Valarezo, Nelson Ponce, Henry Taylor y Alberto Lino, y los exfuncionarios del Cuerpo de Ingenieros del Ejército Juan Riofrío, y Ruth Solano, el Tribunal encontró la prueba necesaria para sentenciarlos como colaboradores.

Cevallos, Valarezo, Ponce, Taylor y Riofrío recibieron una pena de nueve años y cuatro meses de prisión, una multa 20 SBU y quince años de pérdida de derechos de participación. Lino y Solano, por la cooperación eficaz dada en el proceso penal a la Fiscalía, se los condenó a un año y cuatro meses de cárcel.

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La Sala de Juicio señaló que la “estructura delictiva” investigada manipuló y controló la justicia en la provincia del Guayas, con el fin de obtener fallos favorables, ganancias económicas e impunidad. Se aclaró que en la parte alta de la organización Muentes estuvo al mando de la operación, Gallardo fue quien la dirigía y Marfetán se encargó de la planificación. Los otros implicados participaron como colaboradores.

Durante la audiencia del 3 de marzo pasado se ratificó la inocencia de los exfuncionarios judiciales Andrea Patiño y Saúl Mero, así como de Fausto Alarcón, primo del exlegislador Muentes.

Al momento los sentenciados por delincuencia organizada en primera instancia esperan que se defina una fecha para la audiencia en la que apelarán la condena impuesta. (I)