El sábado 4 de marzo, la Asamblea Nacional aprobó con 104 votos el informe que recomienda el juicio político al presidente Guillermo Lasso por supuestos delitos contra la seguridad del Estado y comisión por omisión en delitos contra la administración pública.

Una vez que se dio este paso en el pleno, de acuerdo con el procedimiento legislativo, ahora se espera que se presente el pedido de juicio con un respaldo de 46 firmas y empiezan correr los tiempos establecidos en la Constitución y la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

En el caso del mandatario solo la bancada de Unión por la Esperanza (UNES) sumarían 47 y se prevé que presenten la petición esta semana.

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El trámite del juicio político podría tomar aproximadamente dos meses, que se resume en esta línea de tiempo.

  1. Presentación de la solicitud con al menos 46 firmas.
  2. El presidente de la Asamblea Nacional lo pone en conocimiento del Consejo de la Administración (CAL) en el plazo de tres días.
  3. El CAL conoce la solicitud y verifica cumplimiento de requisitos.
  4. Se remite a la Corte Constitucional (CC) para que emita dictamen previo de admisibilidad.
  5. La CC tiene siete días para emitir ese dictamen.
  6. El presidente de la Asamblea Nacional, en el plazo de tres días de recibido el dictamen, lo pone en conocimiento del CAL.
  7. Si el dictamen de la CC es negativo, se archiva la solicitud.
  8. Si el dictamen es favorable, el presidente de la Asamblea remite al presidente de la Comisión de Fiscalización la solicitud de juicio político, el dictamen y los documentos de sustento.
  9. La Comisión de Fiscalización avoca de manera inmediata y se da inicio el trámite.
  10. Derecho a la defensa y contestación a las acusaciones políticas se da durante diez días.
  11. Se pueden conceder diez días adicionales para la actuación de pruebas.
  12. En el plazo de diez días, la Comisión de Fiscalización entrega el informe motivado.
  13. En el plazo de tres días, el Presidente de la Asamblea Nacional, dispone la difusión del informe.
  14. Luego de 48 horas de la difusión del informe, el presidente de la Asamblea Nacional debe convocar al Pleno en el plazo de cinco días.

El trámite en la sesión del pleno es el siguiente:

  • Se presentarán dos asambleístas interpelantes que tendrán un tiempo de dos horas.
  • El presidente de la República hablará por 3 horas.
  • Réplica: una hora los interpelantes.
  • Réplica: una hora el presidente de la República. Termina la intervención del Presidente de la República y se retira del pleno.
  • Luego se abrirá el debate, podrán intervenir los 137 asambleístas por un tiempo máximo de 10 minutos cada uno.
  • Se cierra el debate, y en el plazo de cinco días, se convoca al pleno para, sin debate, resolver.
  • Posterior a ello, se debe presentar la moción de censura, caso contrario, se archiva la solicitud. Para la aprobación de la moción, se requieren de 92 votos. (I)