Que el Consejo de la Judicatura (CJ) y la Contraloría General del Estado realicen una evaluación a los servidores de la Función Judicial, incluyendo una auditoría a sus declaraciones juramentadas de bienes, en diez meses contados desde la publicación de los resultados de la consulta popular.

Es el planteamiento que hace el presidente Daniel Noboa en la pregunta 8 de su proyecto de plebiscito, que está en análisis de los jueces de la Corte Constitucional.

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La pregunta dice: “¿Está usted de acuerdo con que se evalúe a las servidoras y los servidores de la Función Judicial, incluyendo una auditoría a sus declaraciones patrimoniales, conforme el anexo de la pregunta 8?”.

El anexo de la pregunta 8 señala: “En caso de ser aprobada la presente pregunta, el Consejo de la Judicatura y la Contraloría General del Estado deberán realizar todas las acciones, procesos y contrataciones necesarias para efectuar las evaluaciones y auditorías, en el plazo máximo de diez meses contados desde la publicación de los resultados, respectivamente. La evaluación y auditoría abarcará, en todos los grados y materias, a juezas y jueces que, a la fecha de la convocatoria de la presente consulta popular, ejerzan sus funciones”.

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El Código Orgánico de la Función Judicial le da a la Judicatura, como órgano de gobierno de este poder del Estado, la atribución de evaluar permanentemente a jueces, fiscales y servidores judiciales; mientras que la Ley de la Contraloría General del Estado señala que esta entidad debe realizar el análisis de las declaraciones juramentadas de bienes de los funcionarios públicos, que a su vez están obligados a presentarlas al inicio y fin de gestión, y cada cierto tiempo según el cargo y la función.

Es decir que ambos temas ya están reglamentados en una norma específica. Pero en la fundamentación de la pregunta, el Ejecutivo detalla seis razones por las cuales es importante esta evaluación.

“1. El sistema de evaluaciones a jueces y servidores de la Función Judicial ha ido en desmedro con el paso del tiempo, siendo la época más marcada en su disminución aquella comprendida desde el 2019 hasta la actualidad.

2. Existe un importante número de denuncias penales y administrativas respecto al actuar judicial verificado en una gran mayoría de casos de conocimiento público e impacto social.

3. De acuerdo con lo anterior, se verifica que la jurisdicción penal se encuentra en entredicho, respecto a su funcionalidad deontológica y también respecto a la disminuida confianza ciudadana.

4. Desde su creación, ni los jueces especializados en materia anticorrupción ni los jueces de garantías penitenciarias han sido evaluados por el Consejo de la Judicatura, ambas dependencias judiciales cuyas materias se encuentran relacionadas a los problemas descritos.

5. El historial patrimonial de los jueces y servidores de la Función Judicial, pertenecientes a la materia jurisdiccional penal, corrupción y crimen organizado y de garantías penitenciarias no ha sido objeto de una auditoría integral por parte de la Contraloría General del Estado, cuando ha sido públicamente conocido que ciertas declaraciones patrimoniales de funcionarios en conflicto con la ley se encuentran accesibles y obran de sus portales digitales.

6. La problemática evidenciada en esta sección no se conforma únicamente de la ausencia de cumplimiento de las competencias y responsabilidades de las instituciones mencionadas, sino también a partir de reportes de organizaciones no gubernamentales, prensa y medios de comunicación, y en general la opinión pública respecto a la creencia generalizada entre la ciudadanía de desconfianza en el sistema de justicia del Ecuador”.

Para el jurista Juan Manuel Guzmán, esta pregunta —y todo el cuestionario en general— es innecesaria, ya que la Judicatura y la Contraloría ya realizan las evaluaciones en cuestión.

Guzmán señaló que la Judicatura ha sido tan cuestionada en los últimos tiempos, sobre todo en la administración de Wilman Terán, procesado en el caso Metástasis, que no hay garantía de transparencia en las evaluaciones que haga. De ahí que el analista indicó que probablemente se contratarán auditorías externas con ese fin, como lo menciona el anexo.

Lo que más bien debería consultarse, opinó, es si debería seguir existiendo el Consejo de la Judicatura. “En todo el mundo, el órgano de gobierno de la Función Judicial es la Corte Nacional de Justicia”, refirió.

En tanto que el abogado Roberto Calderón señaló que, si bien la Constitución y las leyes ya determinan que el CJ y la Contraloría deben auditar a los servidores judiciales, lo que Noboa quizás está buscando es “legitimidad” para poder disponer la búqueda de recursos para estas actividades.

“La Judicatura y la Contraloría no tienen la capacidad económica y logística para realizar de manera simultánea estas evaluaciones y control patrimonial a todos los funcionarios judiciales. Incluso en el anexo se habla de hacer todas ‘las contrataciones necesarias’ para cumplir con el plazo de diez meses. Para eso se necesita dinero”, refirió.

Calderón difiere de Guzmán respecto a la eliminación del Consejo de la Judicatura. Explicó que eso no puede hacerse mediante consulta popular, sino que debe convocarse a una Asamblea Constituyente, porque se trata de una modificación a la estructura del Estado.

La Corte Constitucional tiene 20 días (o sea, hasta el 23 de enero) para dar su dictamen de constitucionalidad de los considerandos, el cuestionario y los anexos. (I)