El artículo 140 de la Constitución de Montecristi señala que el presidente de la República podrá enviar a la Asamblea Nacional proyectos de ley calificados de urgencia en materia económica. Y esta debe aprobarlos, modificarlos o negarlos dentro de un plazo máximo de 30 días a partir de su recepción. Mientras se discuta un proyecto calificado de urgente, el mandatario no podrá enviar otro, salvo que se haya decretado el estado de excepción, agrega la norma.

Esto último es lo que ha hecho el presidente Daniel Noboa en los últimos días.

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Así, en la medianoche del pasado jueves, 11 de enero del 2024, Noboa envió el proyecto de Ley Orgánica para Enfrentar el Conflicto Armado Interno, la Crisis Social y Económica, en el que propone el incremento del impuesto al valor agregado (IVA) del 12 % al 15 % para financiar tanto los gastos que se deriven del combate a la delincuencia organizada y al narcotráfico como la crisis fiscal.

Y la noche del lunes 15 de enero del 2024, o sea, cuatro días después, el presidente mandó el proyecto de Ley Orgánica de Urgencia Económica para la Recuperación de Activos de Origen Ilícito y Transparencia en la Contratación Pública, en el cual se modifican las reglas para declarar la extinción de dominio de los bienes malhabidos y entregar armas decomisadas a las Fuerzas Armadas.

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El jefe de Estado decretó el estado de excepción en todo el territorio nacional el lunes 8 de enero del 2024, tras una serie de hechos violentos y ataques perpetrados por grupos delincuenciales. Al día siguiente, declaró a 22 bandas criminales como terroristas y grupos beligerantes no estatales, y dispuso que las Fuerzas Armadas los neutralicen en el marco del derecho humanitario internacional.

Adicionalmente, Noboa ofreció durante la campaña presidencial del año pasado que remitiría a la Asamblea una ley urgente todos los meses “para que trabajen”. Además de las dos ya mencionadas, envió otras dos: la Ley de Eficiencia Económica y de Generación de Empleo, y la de Competitividad Energética, que ya fueron aprobadas y están en plena vigencia. (I)