Dos novedades constan en el informe para primer debate del proyecto de Ley Orgánica para el alivio financiero y el fortalecimiento económico de las generaciones en el Ecuador, calificada como urgente en materia económica, que se aprobó en la Comisión de Desarrollo Económico de la Asamblea Nacional la mañana de este 25 de noviembre del 2024.

Ya no se les cobrará impuesto a la renta a las universidades privadas y se crea el Programa Nacional de Transferencias Monetarias para el desarrollo social y económico del país.

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El informe se aprobó con cinco votos a favor, uno negativo y tres abstenciones.

En el proyecto original enviado por el presidente Daniel Noboa se planteaba que las universidades privadas estén sujetas al impuesto a la renta en el Ecuador, “que será el resultado de aplicar una tarifa que irá del 1 % al 2 % sobre el total de ingresos brutos, que de acuerdo con la normativa vigente no se encuentren exentos, y que será establecida por el presidente de la República a través de decreto ejecutivo”.

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Esto ya no aparece en el informe de primer debate.

Asimismo, se crea el mencionado programa de transferencias monetarias que tiene como objetivo “asegurar un nivel básico de bienestar económico y social a núcleos familiares y personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad, así como impulsar un nivel de bienestar que facilite mantener estándares de vida que sean considerados fundamentales para el desarrollo individual y colectivo”.

“Este programa incluirá y operará a través de bonos y pensiones por parte del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES). La población objetiva de estas transferencias se dará en función de la condición de pobreza, extrema pobreza determinados por el Registro Social y/o vulnerabilidad”, se indica.

Uno de los cambios importantes en la entrega de estas bonificaciones sociales es que no se podrá excluir del programa a ninguna persona que obtenga Registro Único de Contribuyentes o que se afilie a la seguridad social contributiva a través de afiliación voluntaria, “siempre y cuando cumpla los demás requisitos que se establezcan en el reglamento a esta ley”. Actualmente, los beneficiarios de estos bonos no deben tener RUC, no estar afiliados al Seguro Social.

“Las personas vinculadas al programa de transferencias monetarias no contributivas podrán ser elegibles para obtener desembolsos anticipados de 12 y 24 meses”, refiere el proyecto.

En cuanto a los alivios financieros, se mantienen los planteados en el proyecto original; esto es, el pago del seguro de desempleo a los diez días de haber perdido el trabajo; la entrega de un crédito tributario para los empleadores, sean personas naturales o jurídicas, que no hayan desvinculado de su nómina a sus trabajadores durante los meses de octubre, noviembre y diciembre del ejercicio fiscal 2024, en comparación con la nómina declarada al 30 de septiembre del mismo periodo fiscal; acceder a un plan excepcional de pagos de hasta doce meses de obligaciones que se encuentren en mora al 31 de octubre del 2024, respecto de impuestos retenidos o percibidos; y que las obligaciones por concepto de aportes de los meses de noviembre y diciembre del 2024 no generarán responsabilidad patronal por parte del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), siempre que sean canceladas hasta en 90 días de estar en mora y que se solicite por parte del empleador, entre otras.

En el debate, que se desarrolló el pasado domingo 24, la oficialista Valentina Centeno, presidenta de la comisión, destacó que se recibieron más de 200 observaciones de entidades pertinentes en la materia y de la sociedad civil en varias temáticas: alivios financieros, tributarios, banca, empleo, entre otras. (I)