Una primera demanda de inconstitucionalidad en contra de la resolución que adelantó la fecha de los comicios seccionales y de vocales de Participación Ciudadana para este 29 de noviembre de 2026 llegó a trámite a la Corte Constitucional (CC), institución que está advertida de que ninguna autoridad extraña puede interferir en las decisiones del Consejo Nacional Electoral (CNE).

La resolución del Consejo Nacional Electoral, del 27 de marzo de 2026, de modificar su calendario de las elecciones de alcaldes, prefectos, concejales, vocales de juntas parroquiales y de los siete miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) y adelantarlas para el 29 de noviembre de 2026, y ya no el 14 de febrero de 2027, genera las primeras reacciones en la sociedad civil.

No obstante, la presidenta del Consejo, Diana Atamaint, justificó que es una medida tomada con base en informes técnicos y que servirá para garantizar la participación y los principios de igualdad y equidad.

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Según ella, lo que se hizo fue cambiar la “fecha de las votaciones, no de las elecciones”, y tiene el objeto de prevenir el ausentismo en las diecisiete provincias en las que se proyecta un fenómeno climático.

“Nos estamos anticipando a un desastre climático”, aseveró Atamaint en una entrevista en la cadena Teleamazonas.

Ante la posibilidad de que se presenten recursos para rever su acción, esencialmente ante la Corte Constitucional, Atamaint hizo una advertencia a sus jueces: “La Corte debe tener presente que hay antecedentes de que en época electoral la máxima autoridad es la Función Electoral”, puntualizó.

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Al respecto, el ciudadano Andrés Albuja Batallas, docente universitario, ingresó una acción de inconstitucionalidad de acto administrativo con efectos generales en contra de la resolución del CNE que anticipó los comicios.

“El adelanto de las elecciones de febrero de 2027 a noviembre de 2026 no solo vulnera los derechos políticos, sino que impone una carga financiera regresiva a los Gobiernos autónomos descentralizados. Obligar a los municipios a convivir con autoridades electas durante seis meses previos a su posesión desarticula la planificación financiera, fomenta el gasto ineficiente de salida y paraliza la inversión pública, contraviniendo el principio de eficiencia en la administración de recursos públicos”, argumentó Albuja.

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Añadió que esto producirá “un costo de oportunidad de la transición extendida, porque mantiene dos estructuras de mando: la saliente con poder legal y la electa con poder político durante medio año”.

Se produciría también “inestabilidad en la inversión pública y proyectos multianuales”, que generará incertidumbre política que podría paralizar los procesos de contratación pública.

“Un adelanto electoral detiene la firma de contratos de inversión y el desembolso de créditos multilaterales, ya que los organismos de crédito suelen esperar a la posesión de las nuevas autoridades para ratificar convenios. Se estima una caída en la ejecución de obra pública del 15 % al 20 % en el primer semestre de 2027 debido a esta transición extendida”, detalló Albuja en su escrito, ingresado este 30 de marzo.

La causa se sorteó y recayó en el despacho del juez Jorge Benavides.

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Según Atamaint, una posible intervención de la Corte Constitucional u otro organismo en el proceso electoral afectaría su condición de “máxima autoridad”.

Ello, en referencia al artículo 16 del Código de la Democracia, en el que se menciona: “Ninguna autoridad extraña a la organización electoral podrá intervenir directa o indirectamente en el desarrollo de los procesos electorales ni en el funcionamiento de los órganos electorales. Los integrantes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, que se encuentren asignados a la seguridad del proceso electoral, solo podrán actuar en el cumplimiento de las órdenes emanadas por los presidentes y presidentas del Consejo Nacional Electoral, de las juntas regionales, distritales, provinciales electorales y de las juntas receptoras del voto”.

Aunque la ley no alude explícitamente a la intervención de la CC ante el CNE, de ser el caso, Atamaint podría plantear una denuncia por infracción electoral muy grave ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE).

El artículo 279 detalla que las personas pueden ser sancionadas con multa desde once salarios básicos hasta cincuenta salarios básicos, la destitución y/o suspensión de derechos de participación hasta por un año.

Esta infracción se aplicará a quienes incurran en 19 conductas, como “incumplir las resoluciones del CNE o las sentencias del Tribunal Contencioso Electoral”.

De manera simultánea, el vicepresidente del Consejo, Enrique Pita, consideró que es viable que los sujetos políticos u otros ciudadanos interesados puedan recurrir su resolución ante ellos o al TCE.

“Si alguien se siente perjudicado por esta decisión, siempre podrá asistir al Consejo para expresar alguna violación de la norma. (...) Sin embargo, se tomó conciliándola con el TCE. Nosotros no somos intocables, no es que hemos tomado una decisión arbitraria, la hemos analizado...”, manifestó Pita en una entrevista en la cadena Ecuavisa.

A criterio del constitucionalista José Chalco-Salgado, los jueces de la CC no están impedidos de pronunciarse sobre un recurso planteado en su seno, como una demanda de inconstitucionalidad.

“Vivimos en un Estado constitucional, no en un Estado de desorden constitucional. En el caso 23-25-IN/25, sobre la prohibición para usar celulares en recintos electorales, se trató en periodo electoral y no solo que la Corte se pronunció en sentencia, sino que el CNE compareció reconociendo su competencia en el proceso, y además la Corte le dio la razón al CNE”, opinó Chalco.

Agregó que la carta política establece las causas para adelantar procesos electorales: terminación recíproca y anticipada de funciones de la Asamblea Nacional y presidente de la República, ausencia simultánea de presidente y vicepresidente de la República y disolución del Legislativo.

En tanto, Geovanni Atarihuna, director nacional del partido Unidad Popular (UP) —que enfrenta un proceso de cancelación de su personería jurídica—, anunció este lunes que para el 1 de abril preparan una protesta nacional para rechazar a los vocales electorales y al Gobierno nacional y para defender la democracia. (I)