Este jueves, 6 de febrero, 6.218 personas privadas de la libertad (PPL) sin sentencia condenatoria ejecutoriada ejercerán su derecho a votar para escoger presidente y vicepresidente de la República, asambleístas y parlamentarios andinos que estarán en funciones hasta mayo de 2029. La jornada de votaciones arrancará a las 07:00 y estará a cargo de autoridades del Consejo Nacional Electoral (CNE), bajo el apoyo y vigilancia de personal policial, militar y de seguridad penitenciaria del Servicio Nacional a Personas Privadas de la Libertad (SNAI).
Según el Reglamento del CNE para el Sufragio de Personas Privadas de la Libertad, los requisitos para el sufragio de internos son constar en el padrón del respectivo centro de privación de libertad y la cédula de identidad o pasaporte vigentes. El registro electoral que se utilizará en los centros de privación de libertad se conformará con la base de datos remitida al CNE por parte del SNAI. Se aclara que es responsabilidad del CNE el validar la información para la elaboración de los padrones electorales correspondientes.
Publicidad
Elecciones 2025: misiones de observadores electorales se completarán en el transcurso de la semana
Cifras del CNE señalan que en esta jornada votarán en 42 centros de privación de la libertad (CPL), ubicados en 20 provincias del Ecuador, 527 mujeres y 5.691 hombres privados de la libertad electores. Para la votación se han habilitado 61 juntas receptoras del voto (JRV): 47 para hombres y 14 para mujeres.
Respecto a las JRV, el pleno del CNE, el 21 de noviembre pasado, realizó reformas al reglamento encaminadas a cambiar la conformación de estas juntas especiales. La reforma señala que estas juntas estarán integradas por tres servidores del CNE, quienes actuarán como presidenta, secretario y vocal de las JRV designados por las juntas provinciales.
Publicidad
Hasta antes de la reforma, el artículo 5 del Reglamento del CNE para el Sufragio de Personas Privadas de la Libertad señalaba respecto a las JRV que estas estarán integradas por dos servidores del Consejo Electoral, quienes actuarán como presidente y secretario de las juntas designados por las juntas provinciales; y por una persona privada de la libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada que conste en el listado remitido por el SNAI, cuyo nombre será sugerido por el director del CPL considerando sus aptitudes, comportamiento y nivel de instrucción.
Acabó la impresión de 54 millones de papeletas que se usarán en las elecciones del 9 de febrero
De los 42 CPL tomados en cuenta para este sufragio, los ubicados en Guayas, Pichincha y Esmeraldas son los que mayor cantidad de PPL sin sentencia ejecutoriada tienen en su interior. Por ejemplo, Guayas alberga en siete centros a 2.491 internos, hombres (2.232) y mujeres (259), sin sentencia ejecutoriada; Pichincha, en tres CPL mantiene a 543 PPL sin sentencia en firme, 535 hombres y 8 mujeres; Esmeraldas mantiene 508 personas internadas sin condena ejecutoriada, de las cuales 470 son hombres y 38 mujeres.
Los centros que menos privados de la libertad tienen para ejercer su derecho a voto son Cañar con 19 PPL, Napo con 22 internos sin sentencia condenatoria firme y Pastaza con 26.
El proceso se realizará de forma simultánea a partir de las 07:00 en 47 JRV ubicadas y la jornada concluirá a las 17:00 con el cierre de urnas. Se conoce que el SNAI mantendrá un Plan de Contingencia para cumplir con la seguridad física no solo de los funcionarios electorales que laborarán, sino también de la población carcelaria que participe durante este ejercicio democrático.
El censo penitenciario realizado a finales de 2022 con resultados expuestos en 2023 contabilizó que en Ecuador existe un total de 31.321 personas privadas de la libertad en 36 CPL existentes y censados a nivel nacional, las cuales tienen sentencias en firme y con órdenes de prisión preventiva y sentencias de primera y segunda instancia.
En las elecciones generales de febrero de 2025 se elegirá presidente y vicepresidente de la República, 151 asambleístas nacionales y del extranjero y cinco parlamentarios andinos. (I)