Pese a que se había notificado formalmente a los representantes legales y apoderados de la compañía panameña Horgan Investments INC. y solicitado la presencia de la Defensoría Pública, ninguna de estas dos partes llegó a la audiencia de vinculación de esta persona jurídica, por lo que la diligencia fue declarada fallida por el juez Vicente Hidalgo, de la Unidad Judicial Especializada para el Juzgamiento de Delitos de Corrupción y Crimen Organizado.
La audiencia estaba planificada se dé a poco de que se completen los 90 días de instrucción fiscal dentro de la causa abierta por el delito de lavado de activos contra Pedro Merizalde, exgerente general de la Refinería del Pacífico Eloy Alfaro durante el gobierno de Rafael Correa, y su esposa, Zoa Torres. A ambos se les abrió el proceso penal el 20 de mayo pasado, un día después de que la Fiscalía allanó en Quito el domicilio del exfuncionario del periodo correísta.
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Antes de instalar la audiencia, el juez Hidalgo solicitó a secretaría que le confirme si la persona jurídica a ser vinculada: Horgan Investments, mantenía una representación legal en la sala, ya sea particular o de la Defensoría Pública. La respuesta fue que no había nadie para defender legalmente a la offshore panameña.
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Inmediatamente se leyó un escrito entregado desde la Defensoría Pública en el que se señalaba que el artículo 13 de la Ley Orgánica de la Defensoría Pública le impide a la institución brindar, mediante uno de sus funcionarios, asesoría o patrocinio a personas jurídicas. La audiencia de vinculación fue solicitada el 27 de julio pasado por el fiscal Luis Augusto Rosero.
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Con esta situación, el juez de la causa decidió declarar fallida la audiencia para así garantizar a la compañía su derecho al debido proceso y a la defensa. Pese a ello, Hidalgo le consultó al abogado de Pedro Merizalde, Franklin Bravo, si al ser su cliente el único accionista de Horgan Investments -según dijo conocer el juez por información que le entregó la Fiscalía- existía una defensa diferente para la persona jurídica. Bravo respondió que él únicamente había sido designado como abogado defensor de Pedro Merizalde.
La acusación de Fiscalía refiere que el 29 de octubre de 2012, mientras Merizalde se encontraba ejerciendo la gerencia general de la compañía mixta Refinería del Pacífico, el funcionario público constituyó en Panamá la compañía Horgan Investments INC., de la cual él habría sido el propietario del 100 % de acciones y su beneficiario final. Para la constitución de la compañía habría contratado los servicios del estudio panameño Mossack Fonseca.
Desde la Fiscalía se ha sostenido que han corroborado que Horgan Investments “fue controlada por Pedro Kléber Merizalde Pavón, al ser su accionista único”. El 3 de diciembre de 2012, Merizalde Pavón habría realizado una transferencia de $ 1.805 desde su cuenta personal en el Banco del Pacífico de Ecuador, hacia la cuenta del estudio Mossack Fonseca en el HSBC Bank Panamá S.A. por concepto de pago por la creación de Horgan Investments.
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“Sin embargo, en su declaración de bienes registrada el 8 de mayo de 2013 ante la Contraloría General, Pedro Merizalde no declaró la existencia de Horgan Investments como parte de su patrimonio, cuando tenía la obligación legal de hacerlo. Según la información que dispone esta Fiscalía y como causa probable señala que Pedro Merizalde Pavón habría recibido pagos ilícitos de parte de Odebrecht a través de varias transferencias realizadas a la cuenta (...) perteneciente a Horgan Investments y abiertas en el Royal Bank of Canadá de Ginebra-Suiza, ahora Banco SYZ. El lavado de activos comienza a partir del año 2017, luego que Pedro Merizalde ya no fue empleado público”, se explicó en la formulación de cargos de mayo pasado.
Antes de suspender la audiencia, el fiscal Rosero, de la Unidad Antilavado de Activos de la Fiscalía General, le insistió al juez Hidalgo que vuelva a solicitar a la Defensoría Pública que comparezca al próximo llamado para que represente a la empresa panameña, en el caso de que nuevamente no se señale una defensa particular.
Pedro Merizalde y Zoa Torres mantienen las medidas cautelares de presentación periódicamente y prohibición de salir del país y medidas de carácter real como la prohibición de enajenar el domicilio de los procesados, la incautación de los demás bienes inmuebles y un vehículo y la retención de cuentas en el sistema financiero nacional, así como la retención de una cuenta en el Ocean Bank en Estados Unidos.
Horgan Investments habría sido una compañía que se dedicaba a la compra, venta, permuta, arriendo, manejo y comercio de bienes de cualquier clase. (I)