Mediante del Decreto Ejecutivo 588, firmado la tarde de este sábado, 29 de marzo, el presidente Daniel Noboa designó como vicepresidenta de la República a la economista Cynthia Natalie Gellibert Mora, quien actualmente se desempeñaba como secretaria general de la Administración Pública y Gabinete de la Presidencia de la República.

Se aclara que la designación estará vigente durante el periodo que dure la ausencia temporal de Verónica Abad, a quien se le suspendieron sus derechos políticos por dos años al haber sido sentenciada por el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) por violencia política de género. La noche del viernes, 28 de marzo, el TCE con un voto de mayoría respondió al recurso de aclaración y ampliación planteado por Abad, dejando en firme la sentencia condenatoria.

En el decreto, como disposición general única se señala que la Vicepresidencia de la República deberá realizar las acciones administrativas necesarias para la movilización o traslados que se requieran para garantizar los derechos de Verónica Abad. Desde el 17 de marzo pasado, Abad está en Turquía cumpliendo las funciones delegadas por el presidente Daniel Noboa.

Ministerio del Trabajo registra el ‘impedimento’ para el desempeño de un cargo, función o dignidad en el sector público de Verónica Abad

Como parte de la disposición transitoria única se define que la seguridad de Verónica Abad, de Cynthia Gellibert Mora, así como de sus cónyuges y familiares, respectivamente, durante la vigencia del mencionado decreto ejecutivo, se mantendrá y continuará a cargo de Casa Militar Presidencial.

El decreto fue oficializado una vez que el Ministerio del Trabajo, ante la resolución del TCE contra Verónica Abad, notificó que registró el “impedimento” para el desempeño de un cargo, función o dignidad en el sector público contra Abad, lo cual es parte de la decisión adoptada por el TCE. Mediante oficios enviados la misma tarde de este 29 de marzo se dio a conocer la acción realizada al director de Administración de Talento Humano de la Vicepresidencia de la República, al secretario general jurídico de la Presidencia de la República, Santiago Andino, y al propio presidente Daniel Noboa, de quien Abad fue su compañera binomial.

Se conoció que el día lunes, 31 de marzo, se hará llegar de forma física esta información al Consejo Nacional Electoral (CNE) y a su presidenta, Diana Atamaint.

En el numeral 5.1 de la resolución adoptada por el TCE se dispuso al Ministerio del Trabajo que proceda a inscribir en el archivo a su cargo la suspensión de los derechos de participación de María Verónica Abad Rojas y establecer el impedimento de ejercer cargo público.

Esa acción del Ministerio del Trabajo también fue notificada este 29 de marzo a la secretaria relatora del Contencioso Electoral, mediante un escrito en el que se indica: “Conforme a su requerimiento, se procede con el registro del IMPEDIMENTO para el desempeño de un cargo, función o dignidad en el sector público, a más de la solicitud de registro de suspensión de los derechos de participación de la ciudadana, en el sistema administrado por el Ministerio del Trabajo”.

Quito, 28 de marzo de 2025.- Sesión extraordinaria del pleno del Tribunal Contencioso Electoral en la que se resolvió un recurso de aclaración en una causa en contra de la vicepresidenta Verónica Abad. Foto: Captura de pantalla Foto: Cortesia

La noche del viernes último quedó en firme la suspensión de los derechos políticos por dos años de Abad una vez que el TCE evacuó el recurso de aclaración y ampliación a la sentencia que interpuso la defensa de la vicepresidenta. Con la decisión, Abad no goza de sus derechos de participación y no podrá ejercer ningún cargo público ni votar en los comicios de la segunda vuelta del 13 de abril.

Durante una sesión extraordinaria, el pleno del TCE resolvió el recurso horizontal planteado por la vicepresidenta antes de disponer la ejecución de la sentencia condenatoria por violencia política de género tras una denuncia planteada por la ministra de Relaciones Exteriores, Gabriela Sommerfeld.

¿Cuáles son los derechos de participación que perdió Verónica Abad? Esto es lo que dice la Constitución

En primera y segunda instancia se ratificó la responsabilidad de la vicepresidenta por esta infracción electoral muy grave, descrita en el Código de la Democracia, por lo que se le aplicó la sanción de suspensión de los derechos de participación por dos años, el pago de una multa por 30 salarios básicos ($ 14.000) y una disculpa pública a la víctima, la canciller Sommerfeld, que deberá publicarse en un diario de ámbito nacional.

Con los votos de mayoría de los jueces electorales Ivonne Coloma, Ángel Torres Maldonado y Joaquín Viteri (ponente) se concluyó que se expusieron “de manera clara y jurídica los fundamentos” con los que se aplicó la sanción, quedando así contestado el recurso de aclaración y ampliación propuesto.

Verónica Abad viajó a mediados de marzo hasta Turquía por disposición del presidente Daniel Noboa.

En el auto emitido se aclara que las medidas adoptadas no implican que la sanción se extienda a otros derechos constitucionales.

En cambio, los jueces Richard González y Fernando Muñoz ejercieron un voto salvado (en contra) del auto de mayoría. Muñoz argumentó que esta sentencia vulnera los derechos constitucionales y es una “remoción indirecta” de la vicepresidenta Verónica Abad, porque el impedimento para ejercer un cargo en el Estado implicará, en un primer momento, la ausencia temporal y, dentro de tres meses, su ausencia definitiva de la dignidad de elección popular como vicepresidenta de la República.

“La suspensión implica en los hechos la pérdida de la legitimación jurídica para ejercer el cargo electo, configurando una forma de remoción indirecta sin la existencia de un acto formal de destitución ni el procedimiento previsto en el artículo 129 de la Constitución”, argumentó Muñoz.

El presidente-candidato Daniel Noboa indica que la vicepresidenta Verónica Abad ‘ya está destituida’

Abad en un mensaje que encabeza con la frase “Atención Golpe de Estadio Judicial” en la red social X, el cual fue copiado a la Asamblea Nacional, a la Corte Constitucional, a la Organización de Estados Americanos y a varias instancias de las Naciones Unidas, entre otras instituciones, reitera que la destitución de ella como vicepresidenta de la República “solo cabe en forma posterior a un juicio político y que es competencia exclusiva de la Asamblea Nacional”.

Verónica Abad en su mensaje en la red X resaltó el voto salvado del juez electoral Fernando Muñoz, el cual, dijo, advertía que los efectos materiales de la sentencia jamás deben servir como una forma de remoción indirecta de la vicepresidenta de la República.

“El voto salvado del juez Fernando Muñoz, coherente con la norma constitucional, les advierte “a los muy vivos” que los efectos materiales de sentencia jamás deben servir como una forma de remoción indirecta de la vicepresidenta de la República del Ecuador, dejándoles claro, una vez más, que las causales de destitución están expresamente determinadas en la Constitución y que entre ellas ninguna es por causa de suspensión de derechos políticos”, sostuvo. (I)