De uno a tres años de cárcel es la pena prevista para aquellas personas que cometan el delito de paralización de un servicio público, según consta en el artículo 336 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), por el cual se procesa al presidente de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), Leonidas Iza.