La Corte Constitucional (CC) desestimó la acción extraordinaria de protección que presentó el expresidente Jamil Mahuad por la sentencia en su contra a ocho años de prisión por el delito de peculado por el denominado feriado bancario de 1999.
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La CC concluyó que no existe una vulneración del derecho al debido proceso en la garantía de la motivación por insuficiencia.
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La Corte Constitucional (CC) desestimó la acción extraordinaria de protección que presentó el expresidente Jamil Mahuad por la sentencia en su contra a ocho años de prisión por el delito de peculado por el denominado feriado bancario de 1999.
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El lateral ecuatoriano ingresó a los 83 minutos de la segunda parte, y no alcanzó a marcar goles o asistir.
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