La Corte Constitucional (CC) declaró la constitucionalidad de la propuesta del Gobierno para eliminar el financiamiento del Estado a las organizaciones políticas, a través de una reforma parcial a los artículos 110 y 115 de la Constitución de la República, sin embargo, descartó la reforma al artículo 115.
El organismo de control constitucional se pronunció la tarde de este lunes, 15 de septiembre de 2025, y determinó que para garantizar los principios de claridad y lealtad hacia el elector, "dispuso la supresión de aquellos considerandos inconstitucionales que contenían valoraciones o afirmaciones ajenas al objeto de la consulta".
El 20 de septiembre de 2024, el presidente Daniel Noboa, a través de una pregunta de referéndum, planteó reformar el artículo 110 de la Constitución, que establece que “los partidos y movimientos políticos se financiarán con los aportes de sus afiliadas, afiliados y simpatizantes y en la medida en que cumplan con los requisitos que establezca la ley, los partidos políticos recibirán asignaciones del Estado sujetas a control”.
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En tanto que el artículo 115, que buscaba reformar el Gobierno, dice que “el Estado, a través de los medios de comunicación, garantizará de forma equitativa e igualitaria la promoción electoral que propicie el debate y la difusión de las propuestas programáticas de todas las candidaturas. Los sujetos políticos no podrán contratar publicidad en los medios de comunicación y vallas publicitarias”.
El proyecto de reforma pasó los dos debates en la Asamblea Nacional y se remitió a la Corte Constitucional para un segundo control de constitucionalidad.
En su pronunciamiento, la CC sentenció que la ciudadanía se pronunciará solo sobre la reforma al artículo 110 de la Constitución, que propone que los partidos y movimientos políticos se financien exclusivamente con los aportes de sus afiliados y simpatizantes.
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Es decir, la Corte excluyó el texto normativo contenido en el anexo que proponía reformar el artículo 115 de la Constitución, “por cuanto dicha modificación no constaba ni en la pregunta ni en los considerandos, lo que impedía que el electorado se pronunciara de manera informada sobre ese cambio”.
Tras la sentencia de la Corte Constitucional, el trámite continuará en el Consejo Nacional Electoral (CNE). El Gobierno espera realizar la consulta popular el próximo 30 de noviembre. (I)