La Corte Constitucional (CC) declaró la constitucionalidad de la propuesta del Gobierno Nacional para la contratación por horas en el sector turístico y desestimó la intención de reducir el número de asambleístas.
Este lunes, 15 de septiembre de 2025, el organismo emitió un dictamen de control previo de constitucionalidad de la convocatoria a referéndum de estas dos preguntas, que envió el presidente Daniel Noboa el pasado 13 de agosto.
La CC resolvió que la pregunta sobre el trabajo por horas en el turismo es viable “siempre que se trate de la primera relación laboral y se respeten los derechos adquiridos de los trabajadores”. A su vez, la Corte excluyó dos considerandos de esta interrogante por contener información que podía inducir al voto.
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Mientras que sobre la propuesta para reducir el número de asambleístas, modificando el sistema de elección, a través de una enmienda a la Constitución, la Corte Constitucional declaró que no procede, ya que "omitía datos fundamentales, como el hecho de que la Asamblea Nacional pasaría de 151 a aproximadamente 73 integrantes”.
“Esta ausencia de información dificultaba que el electorado comprenda con precisión el alcance de la propuesta y sus efectos en la representación democrática por provincia, lo que no satisface plenamente los principios de claridad y lealtad previstos en los artículos 103 y 104 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional”, sentenció la CC.
A la vez, el organismo de control constitucional recordó que el Ejecutivo podrá presentar una nueva propuesta sobre este tema si así lo decidiese, respetando los requisitos de claridad y lealtad que permitan un pronunciamiento ciudadano informado y responsable.
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“Con esta decisión, el proceso de referendo avanzará únicamente respecto a la contratación por horas en el sector turístico”, precisó la Corte Constitucional. (I)