Confusión y preocupación ha causado en los colectivos que luchan por los derechos de las mujeres el anuncio que hizo el gobierno de Daniel Noboa, el 20 de mayo pasado, de “transformar” el Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos en el Ministerio de la Mujer, Derechos Humanos y Política Criminal.

En una rueda de prensa, el viceministro de Gobierno, Esteban Torres, señaló que este cambio se realizará en cumplimiento de la Ley orgánica reformatoria a varios cuerpos legales para el fortalecimiento de las capacidades institucionales y la seguridad integral, vigente desde enero del 2023.

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“Se transforma... para abarcar justamente lo que se aprobó en la Asamblea y para cubrir con mayor espectro y darle más facultades a aquel ministerio. No dejará de proteger los derechos de las mujeres, sino que va a tener un rango de operación mucho más integral”, indicó Torres.

Todavía no se ha publicado el decreto ejecutivo respectivo en el sitio web de la Presidencia de la República.

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En efecto, a través de la citada ley se dispone la creación de un ministerio de Política Criminal que ejercería la rectoría de la política criminal y derechos humanos, “con personalidad jurídica, dotado de autonomía técnica, administrativa, operativa y financiera”.

Sus competencias, según la norma, serán las siguientes:

1. Ejercer la rectoría de la política criminal y derechos humanos;

2. Actuar como Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Política Criminal;

3. Diseñar, definir e implementar planes, programas y proyectos en el ámbito de la política criminal y los derechos humanos;

4. Preparar una propuesta de Plan de Política Criminal que será puesta en conocimiento del Consejo Nacional de Política Criminal, para su aprobación;

5. Formular y ejecutar políticas para la erradicación de todas formas de violencia y discriminación, en particular, contra mujeres, niñas niños, adolescentes y otros grupos de atención prioritaria;

6. Coordinar y ejecutar, en su ámbito de competencia, la implementación del Plan de Política Criminal;

7. Articular acciones con las demás entidades de la Función Ejecutiva y con la Función Judicial para asegurar el cumplimiento de la política criminal del país;

8. Articular la política criminal a la política de seguridad integral del país, en coordinación con las entidades competentes;

9. Transversalizar la política pública de derechos humanos en la administración pública;

10. Garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones nacionales e internacionales en materia de derechos humanos;

11. Vigilar el cumplimiento de los estándares internacionales de derechos humanos en el Sistema de Rehabilitación Social, en coordinación con el organismo técnico del Sistema;

12. Protección a pueblos indígenas en aislamiento voluntario; y,

13. Otras establecidas en la ley.

Ana Karen Gómez, quien es una de las abogadas del colectivo MEGA, sostiene que esta transformación constituye un retroceso para la lucha de la mujeres.

Gómez recuerda que, en principio, esta dependencia se denominaba Secretaría de Derechos Humanos, y luego se convirtió en Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos como medida de reparación luego del femicidio de la abogada quiteña María Belén Bernal.

“Pero si bien es cierto le dieron el nombre de ministerio nunca le dieron ese rango, seguía funcionando como una secretaría, lo cual implicaba que tuviera menos presupuesto y que tenga dentro una estructura orgánica son subsecretarías, así, en el ministerio funciona la subsecretaría para la prevención y erradicación de la violencia, la de derechos humanos, en fin”, explica.

Y con poco presupuesto, agrega, la institución no ha trabajado como se esperaba en el ámbito de sus atribuciones: “En el caso de las casas de acogida recibieron tarde su presupuesto para funcionar, estuvieron casi cuatro meses sin sueldos; en el caso de las víctimas de la Comisión de Verdad el Estado tiene una deuda de más de diez años con al menos 100 personas que no han recibido la compensación económica que dispone la ley... Son solo dos atribuciones de ese ministerio que no han sido atendidas... Y ahora quieren poner también la política criminal. ¿Eso no cabe mejor en el Ministerio del Interior?”, cuestiona.

En la lista de las atribuciones que tendrá el ministerio de Política Criminal, según la ley que dispone su creación, se menciona en el quinto punto lo siguiente: “Formular y ejecutar políticas para la erradicación de todas formas de violencia y discriminación, en particular, contra mujeres, niñas niños, adolescentes y otros grupos de atención prioritaria”.

Según Gómez, esto demuestra que la atención a la mujer perderá relevancia en dicha institución.

En tanto que para la activista Virginia Gómez de la Torre no está claro qué es lo que quiere hacer el Gobierno, hay muchas contradicciones. Primero anunció que el ministerio sería de Política Criminal y Derechos Humanos y luego rectificó y dijo que mantendría el término “Mujer” en su denominación, cuestiona.

A su criterio, este cambio se dio frente a la reacción negativa del movimiento de mujeres, y no porque realmente se vaya a mantener ese eje de trabajo.

Gómez de la Torre señala que, tal como se lo ha anunciado, pareciera que el Ministerio de la Mujer desaparecerá para dar paso al de Política Criminal.

La Ley orgánica reformatoria a varios cuerpos legales para el fortalecimiento de las capacidades institucionales y la seguridad integral no señala específicamente que la política criminal deba pasar al Ministerio de la Mujer. Coincide en que tiene más relación con las funciones del Ministerio del Interior.

En el caso de ser una misma institución, dice ella, el trabajo que se ha venido realizando en la lucha de los derechos de las mujeres se vería afectado. (I)