La inasistencia del abogado Christian Peñaherrera, defensa de Erick Ramírez, condenado como cómplice del asesinato del candidato presidencial Fernando Villavicencio, obligó la mañana de este miércoles, 25 de febrero, a que los jueces provinciales Leonardo Barriga, Lady Ávila y Diana Fernández declararan fallida la audiencia en la que iban a apelar su sentencia de primer nivel cuatro de los cinco autores materiales del crimen ocurrido el 9 de agosto de 2023.

La diligencia fue señalada a dos años y medio de que se dio el crimen y a un año y siete meses de que la justicia condenó a cinco personas como los autores mediatos, coautores y cómplices del asesinato, al estilo sicariato, del candidato presidencial de la alianza Construye-Gente Buena, hecho ocurrido a las 18:15 del 9 de agosto de 2023, cuando concluyó un evento de la campaña por las elecciones presidenciales y legislativas anticipadas.

Además de Ramírez, a la diligencia también debían asistir las defensas de Edwin Angulo, alias Invisible; la de Laura Castillo, alias Flaca; y la del colombiano Víctor Alfonso Flores. Todos tenían que presentarse ante el Tribunal Penal de la Corte de Pichincha para fundamentar la apelación a la pena inicialmente recibida.

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Con base en 78 pruebas testimoniales y periciales y 18 pruebas documentales presentadas en juicio por la fiscal Ana Hidalgo, once meses después del crimen, los jueces penales de Pichincha Milton Maroto, Galo Rumiguano y Pablo Coello decidieron condenar a Edwin Angulo, de 32 años de edad, como autor mediato; a Laura Castillo, de 25 años, como coautora; y como cómplices a Ramírez, de 32 años; a Alexandra Chimbo, de 22 años; y al colombiano Flores, de 39 años.

La sentencia oral en el caso Villavicencio se dio el 12 de julio de 2024, pero solo fue hasta el 9 de diciembre siguiente que los jueces Maroto, Rumiguano y Coello notificaron su sentencia por escrito.

A alias Invisible se le confirmó la pena agravada de 34 años y 8 meses de cárcel; alias Flaca recibió la misma pena agravada de 34 años y ocho meses de prisión que alias Invisible, pero fue ubicada como coautora; y se definió una pena agravada de doce años de prisión como cómplices para Erick Ramírez, Víctor Alfonso Flores y Alexandra Chimbo. Solo esta última no presentó su apelación a la decisión de primer nivel y al momento su pena se encuentra en firme y en proceso de ejecución.

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La declaratoria de audiencia fallida de este miércoles se dio una vez que el presidente del tribunal, mediante secretaria, evidenció que las defensas de Erick Ramírez y las de alias Invisible y el colombiano Flores, el abogado Luis Romero, no estaban en la sala virtual de audiencias. El defensor Christian Peñaherrera simplemente no se conectó a la sesión Zoom y en el caso de Romero se constató que había existido falla en la notificación y no fue convocado formalmente a la diligencia.

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“Toda vez que por secretaría se ha dejado constancia de que, pese a haber estado notificado en legal y debida forma el doctor Christian Peñaherrera, abogado patrocinador del procesado Erick Ramírez, no ha comparecido a la presente audiencia, nos vemos obligados a no realizar la misma por su falta de comparecencia. Vamos a declarar fallida esta audiencia a costa de Cristian Peñaherrera, toda vez que anteriormente también por cambio de abogado defensor, donde compareció el doctor Cristian Peñaherrera, no se realizó la audiencia”, indicó el juez ponente.

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El tribunal decidió sancionar al abogado Peñaherrera con tres salarios básicos unificados ($ 1.446) y pidió que para la siguiente convocatoria se cuente con la comparecencia de la Defensoría Pública, para que puedan representar al procesado que no asista con su defensa particular.

Ante lo decidido por la Sala de Apelación, la fiscal Hidalgo señaló que al no haber comparecido el abogado, al no comparecer su cliente y tampoco haber justificado el abogado su inasistencia, lo que corresponde es que se declare abandonado el recurso presentado por Erick Ramírez y se continúe la audiencia con el resto de personas en el día y hora que se señale. Hidalgo fundamentó su pedido en lo que señala el artículo 652, número 8, del Código Orgánico Integral Penal, que establece el abandono del recurso.

“Hay que tener en cuenta la evidente falta de comparecencia del abogado (Christian) Peñaherrera, abogado de Erick Ramírez, pues estaba debidamente notificado el 3 de diciembre de 2025 y no ha comparecido en esta audiencia. (...) No ha comparecido el abogado, no ha comparecido su cliente. Tampoco ha justificado el abogado y lo que corresponde es que se declare abandonado el recurso por parte de este recurrente, y se continúa la audiencia con el resto de personas”, aclaró la fiscal.

El juez ponente refirió que lo expuesto por la Fiscalía habría procedido si se iniciaba la audiencia. “El Tribunal de Alzada verificaría cualquier circunstancia y resolverá en derecho, pero en este caso es una falta de comparecencia a la audiencia y obviamente no vamos a instalarla, toda vez que igualmente el abogado patrocinador de los procesados Carlos Angulo y Víctor Flores, como indicó secretaría, existe un problema en la notificación por parte del sistema. Sin embargo, que se tenga en cuenta para la próxima convocatoria”.

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Amanda Villavicencio, hija del político asesinado y acusadora particular en los casos en los que se investiga el crimen de su padre, tomó con decepción lo ocurrido en esta diligencia. Ella califica como revictimizante y una pérdida de tiempo el que una y otra vez se suspendan, difieran o se declaren fallidas audiencias relacionadas con el caso de Fernando Villavicencio.

“Es la negligencia de la gente que trabaja en el sistema de justicia. ¿Cómo es posible que el secretario de este Tribunal de Apelación no envíe la notificación de la manera adecuada al abogado de alias Invisible? Y de igual forma, por ejemplo, que desconozca que hay otras partes que son acusadoras particulares. (...) Nos parece terrible que nos hagan perder el tiempo de esta forma, esto es muy revictimizante", anotó.

El tribunal adelantó que las partes procesales serán notificadas con tiempo con la nueva fecha para la audiencia de apelación. (I)