El fiscal general encargado, Carlos Alarcón, aseguró tener todas las “pruebas necesarias para lograr una condena” en el caso Sinohydro. Según él, existirían los elementos suficientes para demostrar que las 21 personas llamadas a juicio son parte de una red de corrupción que operó entre 2010 y 2018 para hacerse de $ 76 millones en coimas entregadas por acciones que facilitaron que la empresa china Sinohydro se quedara con la construcción del proyecto hidroeléctrico Coca Codo Sinclair.
En el caso Sinohydro se procesa el delito de cohecho, el cual está tipificado en el artículo 280 del actual Código Orgánico Integral Penal (COIP). Esta norma sanciona a los servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal en alguna de las instituciones del Estado, que reciban o acepten, por sí o por interpuesta persona, donativo, dádiva, promesa, ventaja, beneficio inmaterial o beneficio económico indebido u otro bien de orden material para sí o un tercero, sea para hacer, omitir, agilizar, retardar o condicionar cuestiones relativas a sus funciones.
Para esta figura delictiva se establecen sanciones con pena privativa de libertad de tres a cinco años, aunque la norma resalta que si el servidor público ejecuta el acto o no realiza el acto debido, será sancionado con penas de cárcel de cinco a siete años, o, señala, si la conducta descrita es para cometer otro delito, el servidor público será sancionado con pena de prisión de siete a diez años.
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El cohecho analizado por la Fiscalía dentro del caso Sinohydro se habría dado en el proceso de contratación de la china Sinohydro, la cual se encargó de la construcción del proyecto hidroeléctrico Coca Codo Sinclair, megaobra realizada en el gobierno de Rafael Correa que le costó al país cerca de $ 2.000 millones. En la investigación se apunta a que integrantes de esta red realizaron actos para destrabar un crédito público del EximBank de China para la construcción del proyecto hidroeléctrico.
En la resolución con la que se llamó a juicio los 21 procesados por cohecho, el conjuez nacional a cargo de la causa explicó que de los elementos de convicción expuestos en audiencia se podría advertir la presunta existencia de un entramado estructurado y sostenido en el tiempo, orientado a la recepción de dádivas, beneficios económicos y pagos indebidos provenientes de la empresa estatal china Sinohydro, como consecuencia de la adjudicación, financiamiento, ejecución y supervisión del proyecto hidroeléctrico Coca Codo.
El expresidente Lenín Moreno, quien ocupó el cargo de vicepresidente de la República en la época de los hechos investigados, aparece como quien habría intervenido de forma “decisiva” para asegurar la participación de la empresa Sinohydro, cuyos representantes en Ecuador eran los amigos personales de Moreno y hoy coprocesados Conto Patiño, María Auxiliadora Patiño y Xavier Macías Carmigniani, además del exembajador de China en Ecuador y exrepresentante de Sinohydro Cai Runguo.
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De Lenín Moreno, el conjuez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) Olavo Hernández, quien llamó a juicio a 21 de los 24 procesados en ese momento, dijo que de los elementos de convicción presentados por la Fiscalía se puede “presumir que el procesado tuvo la intervención esencial y decisiva en la obtención del financiamiento que viabilizó la ejecución del contrato adjudicado a Sinohydro y una participación relevante con el posterior flujo de dádivas canalizados a través de Recorsa e Ina Investment Corporation, con beneficiarios en su entorno familiar y con adquisiciones y entrega en el país y en el exterior”.
Lenín Moreno en su llegada al país insistió en que es inocente de la acusación que le hace la Fiscalía respecto a que recibió sobornos millonarios vinculados a la hidroeléctrica Coca Codo Sinclair. El exmandatario ecuatoriano afirma que todo ha sido desmentido con documentos dentro del proceso penal y espera que la Fiscalía presente sus pruebas en el juicio, en el que también, dijo, él defenderá su posición.
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La repartición de los sobornos recibidos:
La acusación de Fiscalía refiere que quienes fueron parte de esta red de corrupción en total habrían recibido en sobornos $ 76′185.373,21, dineros provenientes de la empresa china Sinohydro, la cual se quedó con el proyecto hidroeléctrico Coca Codo Sinclair.
Según la Fiscalía, la familia de Lenín Moreno habría recibido $ 1′011.731,90. Estos dineros habrían sido distribuidos de la siguiente forma: Lenín Moreno y su esposa, Rocío González, $ 547.731,90; su hija Irina Moreno González $ 52.000; sus hermanos Guillermo Moreno $ 10.000 y Edwin Moreno $ 387.000; y su cuñada Martha González Navas $ 15.000.
En cambio, el grupo relacionado con el empresario Conto Patiño habría recibido $ 58.844.792,40. Estos dineros se habrían repartido de la siguiente manera: Conto Patiño $ 10′299.912.77; María Auxiliadora Patiño y su esposo, Xavier Macías, $ 39′508.925,46; Juan Carlos Patiño $ 839.790; Patricia Patiño $ 120.000; Ignacio Patiño $ 561.209,17; Priscilla Burneo $ 70.921,45.
Otros implicados, entre colaboradores de la empresa de Conto Patiño, también habrían recibido recursos, a decir de la Fiscalía. Entre ellos están Carlos Almeida $ 2′925.000; Eduardo Carmigniani $ 4′549.955; Rocío del Carmen Guerrero $ 40.000; Luciano Cepeda $ 175.000; María Augusta del Rocío Baquero $ 148.000; Henry Galarza $ 223.000.
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Finalmente, a decir de la Fiscalía, Cai Runguo habría recibido $ 40.400 y Yang Huijun, $ 60.000.
Como autores directos fueron llamados a juicio Lenín Moreno, el empresario Conto Patiño, Luciano Cepeda, exgerente técnico y exgerente general de CocaSinclair EP; Henry Galarza, exgerente general de CocaSinclair EP; los ciudadanos chinos Cai Runguo, exembajador de China en Ecuador y exrepresentante legal de Sinohydro Corporation; Yan Huiju, exapoderado general y exrepresentante de Sinohydro Corporation en Ecuador; y Song Dongsheng, exrepresentante legal de Sinohydro.
Estos implicados, a decir de la acusación, habrían participado en la recepción de dádivas, beneficios económicos y pagos indebidos provenientes de la empresa estatal china Sinohydro, como consecuencia de la adjudicación, financiamiento, ejecución y supervisión del proyecto Coca Codo Sinclair.
En cambio, en calidad de cómplices fueron llamados a juicio la esposa, la hija, dos hermanos y una cuñada de Lenín Moreno: Rocío González, Irina Moreno González, Guillermo y Edwin Moreno Garcés y Martha González. También figuran los hijos de Conto Patiño: Juan Carlos, Patricia, Manuel y María Auxiliadora Patiño; la nieta y el yerno del empresario, Priscilla Burneo y Xavier Macías Carmigniani. Asimismo, los exabogados de Conto Patiño: Eduardo Carmigniani y Carlos Almeida; y María Augusta Baquero, esposa del coprocesado Luciano Cepeda.
Hechos para tener en cuenta, según la acusación de Fiscalía:
1.- El proyecto hidroeléctrico Coca Codo Sinclair fue declarado de alta prioridad nacional el 31 de enero de 2008, con un valor de $ 1.979 millones.
2.- En 2008 se abrió la licitación para su construcción, y en 2009 se adjudicó el contrato a Sinohydro Corporation, dentro del consorcio Andes JV Cía. Ltda..
3.- Los representantes comerciales de Sinohydro fueron Conto Patiño Martínez y Xavier Macías Carmigniani, cercanos al entonces vicepresidente Lenín Moreno.
4.- El contrato se firmó en octubre de 2009, pero incluía una cláusula que obligaba a Sinohydro a financiar el 85 % del proyecto, algo que complicaba su ejecución si no se obtenía financiamiento.
5.- Lenín Moreno intervino directamente para asegurar el crédito del Eximbank de China, logrando la firma del contrato de préstamo en junio de 2010 por $ 1.682 millones.
6.- La empresa Comercial Recorsa C. A., dirigida por Conto Patiño, fue utilizada para recibir sobornos de Sinohydro.
7.- El 1 de julio de 2010, dicha empresa abrió una cuenta en Banco Pichincha Panamá para recibir el 4 % del valor del contrato.
8.- Esta empresa fue maquillada legalmente para ocultar el origen ilícito de los fondos.
9.- El total recibido en sobornos en el periodo 2010-2018 ascendería a $ 76′185.373,21, provenientes de Sinohydro.
10.- Estas acciones se habrían cometido a través del uso de empresas pantalla en Ecuador y Panamá, apertura de cuentas bancarias offshore, transferencias bancarias internacionales y cheques y simulación de contratos de asesoría y representación para justificar los pagos.
11.- La Fiscalía considera que los hechos constituyen delito de cohecho, tipificado en los artículos 285 y 290 del antiguo Código Penal, y actualmente en el artículo 280 del COIP.
12.- Se trató de conductas, con el uso del poder público para recibir dádivas a cambio de gestiones relacionadas con un proyecto estatal estratégico, como es la construcción de la hidroeléctrica Coca Codo Sinclair.
13.- La trama involucró a funcionarios ecuatorianos y representantes de empresas y diplomacia de la República Popular China, constituyendo una corrupción interestatal.
14.- La Fiscalía, finalmente, acusó a los procesados de haber cometido el delito de cohecho, que se encuentra tipificado en el art. 280 del COIP en el grado de participación establecido en la acusación fiscal. (I)






