José Terán Suárez, segundo mejor puntuado dentro del concurso de méritos y oposición para la renovación parcial de la Corte Constitucional (CC), no estaría inhabilitado para ocupar un cargo público, según una comunicación de la directora nacional de Talento Humano (e) del Consejo de la Judicatura, Diana López Medina.
En la comunicación, con fecha 26 de febrero de 2025, dirigida al director de Control del Servicio Público del Ministerio del Trabajo, Manuel Vásconez, la directora de Talento Humano de la Judicatura responde a un pedido realizado por el concursante José Luis Terán Suárez, de que emita “el certificado de cumplimiento del plazo de rehabilitación y el levantamiento de la inhabilidad ante el Ministerio del Trabajo, conforme lo establecido en la normativa aplicable, incluyendo copias certificadas de la resolución de destitución y de la acción de personal correspondiente”.
Publicidad
La funcionaria de la Judicatura, en la misiva, informa que luego de la revisión de la base de datos de la Subdirección Nacional de Patrocinio, el 2 de septiembre de 2021, el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo con sede en Quito calificó y admitió a trámite la demanda interpuesta en contra del Consejo de la Judicatura y concedió exclusivamente lo solicitado por Terán Suárez, esto es, la suspensión de la medida cautelar, por cuando el accionante “ha justificado en legal y debida forma la procedencia de tal solicitud, y se concede la suspensión en cuando a la inhabilidad especial para el ejercicio de puestos públicos”.
Que el 14 de septiembre de 2021, el Tribunal Contencioso Administrativo con sede en Quito remitió el oficio directamente al Ministerio del Trabajo; y dispuso que proceda a registrar la suspensión del acto impugnado, en lo que respecta exclusivamente a la inhabilidad especial para el ejercicio de puestos públicos del accionante.
Publicidad
Y que la institución, esto es el Consejo de la Judicatura, “no ha sido notificada hasta la presente fecha con la revocatoria de la suspensión de la inhabilidad especial para el ejercicio de puestos públicos a favor del hoy accionante, medida dispuesta por el Tribunal Contencioso Administrativo con sede en este Distrito Metropolitano de Quito y remitida mediante oficio número 02544-2021 de 14 de septiembre de 2021, directamente al Ministerio del Trabajo”.
En su declaración juramentada para este concurso para la renovación parcial de la Corte Constitucional, Terán Suárez señaló que no tiene impedimentos para ejercer cargo público, pero el ministerio señala que “sí” los tiene.
Esto es porque Terán fue destituido de su cargo de juez de la Corte Nacional de Justicia con base en un informe del Consejo de la Judicatura (CJ) emitido en el 2021, porque no detalló en su declaración patrimonial que poseía acciones en una empresa de transporte.
La Judicatura le abrió un proceso disciplinario tipificado en el Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ) y lo sancionó con la destitución “por sus actuaciones como juez al proporcionar información falsa o utilizar documentos falsos para la selección, concurso de oposición y méritos e inscripción de su nombramiento”.
Concurso
El concurso de méritos y oposición para la renovación parcial de la Corte Constitucional lo lleva adelante una comisión calificadora integrada por seis miembros delegados de las funciones Ejecutiva, Legislativa y de Transparencia y Control Social: Juan Izquierdo, Fernando Yávar, Laura Flores, Sonia García y Danilo Sylva.
La comisión estaba lista para proclamar los resultados finales del concurso y anunciar a los tres nuevos jueces constitucionales. Pero el 24 de febrero, el Ministerio del Trabajo reportó que uno de los mejor puntuados tiene impedimento para ejercer cargo público: José Terán Suárez.
El abogado pidió al ministerio que le levante el impedimento, porque la destitución rige por dos años y porque la información oficial es “errónea”.
También pidió al presidente del Consejo de la Judicatura, Mario Godoy, que emita el certificado del levantamiento de inhabilidad del Ministerio del Trabajo.
En tanto esto no se aclare, la comisión calificadora no designará a los jueces de la CC, se informó extraoficialmente. (I)