La Comisión de Fiscalización de la Asamblea Nacional no logró los votos para recomendar al pleno el inicio del juicio político en contra de la exsuperintendenta de Economía Popular y Solidaria, Sofía Hernández, acusada de incumplir funciones en el control de cooperativas de ahorro y crédito, cajas comunales y demás organizaciones del sector financiero popular.

El informe borrador elaborado por la presidenta de la mesa, Pamela Aguirre, recomendaba el enjuiciamiento político de la exsuperintendenta de Economía Popular y Solidaria, al encontrarse inmersa en incumplimiento de sus funciones, según lo detallado en el acápite de conclusiones, donde se señaló que el juicio presentado por el asambleísta, Xavier Jurado Bedrán (ADN), cumple los requisitos que establece la Constitución y la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

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Además, recalcó que la comisión de Fiscalización garantizó el derecho al debido proceso y derecho a la defensa de todas las partes, y con respecto al hecho imputado, se determina que la exsuperintendenta Sofía Hernández Naranjo, incumplió las funciones que le asigna el artículo 147, de la LOEPS; así como los artículos 280 y 283 del Código Orgánico Monetario y Financiero.

El legislador Ramiro Vela (ADN), mocionó la aprobación del informe presentado por la presidencia de la mesa de Fiscalización. A favor votaron: Luis Alvarado (ADN), César Umajinga (Suma), Adriana García (GN) y Ramiro Vela (ADN).

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En abstención se pronunciaron los legisladores de la Revolución Ciudadana (RC): Rosa Albacando (suplente de Pamela Aguirre), Lenin Barreto, Sofía Espín y Ronal González. También se abstuvo Denis Andrade (suplente de Lenin Rogel).

Con esos resultados, la Comisión de Fiscalización no alcanzó la mayoría requerida para aprobar el informe que recomendaba a la Asamblea proceder al enjuiciamiento político en contra de Sofía Hernández Naranjo, por lo tanto, se procederá a aplicar lo que determina el inciso tercero del artículo 82 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa y se remitirá a la Presidencia de la Asamblea Nacional las actas de votación correspondientes y un informe que detallará las posiciones de los miembros de la mesa.

Para ello, el presidente encargado de la sesión Luis Alvarado, dio plazo hasta el sábado 26 de abril para que los asambleístas presenten su informe de posiciones y con base a ello, el pleno de la legislatura resuelva si enjuicia o no a la exsuperintendenta de Economía Popular y Solidaria.

La exfuncionaria, Sofía Hernández, en su defensa señaló que las acusaciones presentadas por el asambleísta Xavier Jurado, no solo son infundadas, sino que carecen de análisis técnico o institucional; en su mayor parte son interpretaciones fuera de contexto que además presentan omisiones importantes de información, con lecturas parciales de las atribuciones y competencias del organismo de control y la gestión de los procedimientos internos de una Superintendencia que, bajo su liderazgo, se gestionó con estricto cumplimiento de las normas legales y las mejores prácticas internacionales en lo técnico.

Respecto a la acusación de supuesto incumplimiento de funciones por no controlar a las cajas de ahorro y cajas comunales, Hernández, dijo que existe una norma expresa en el Código Orgánico Monetario y Financiero y regulada por la Junta de Política y Regulación Financiera, donde se señala que las cajas comunales y de ahorro se someten a un autocontrol, y que esa disposición ella hizo varias advertencias a los organismos competentes; por lo tanto, es evidente que no se puede responsabilizar políticamente a una autoridad por acciones que no estaban bajo su competencia legal.

Sobre la supuesta falta de control de acción frente a los problemas financieros de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cámara de Comercio de Ambato, en sus pruebas de descargo, la exsuperintendenta dijo que actualmente la entidad está en liquidación forzosa, y que las actuales autoridades de la Superintendencia, ejecutaron y continuaron las acciones planificadas y aplicadas durante el ejercicio del cargo.

Hernández dijo que espera que el pleno de la Asamblea actúe en derecho y proceda a archivar el pedido de juicio político por no configurarse ninguna de las causales constitucionales ni legales que permitan atribuirle responsabilidad política. (I)