El matrimonio no representa un boleto directo hacia la nacionalidad española. Hay pasos, sencillos, sí; que llevan su tiempo. Lo importante es atender la solicitud de requisitos y buscar, en caso de que lo amerite, asesoría.
En cambio, “estar casado sí le da oportunidad de que su plazo de residencia necesaria legal para solicitar el trámite se reduzca hasta por un (1) año de residencia continua y legal en España”.
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Así lo informa la firma Abogado Extranjería en su sitio web, en el que enfatizan en “ciertos puntos importantes que se deben tomar a consideración al momento de optar por la nacionalidad española por matrimonio”.
Antes, expresa que la residencia –citada- “debe ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. Debe presentarse ante el Registro Civil de su domicilio en el territorio español”.
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En palabras de la firma se puede decir entonces que “la nacionalidad española por matrimonio es una nacionalidad por residencia en el territorio español”.
Puntos a considerar al solicitar la nacionalidad por matrimonio
El bufete destaca lo que tiene que saber a la hora de solicitar la nacionalidad por matrimonio o nacionalidad por residencia al estar casado con una ciudadana o ciudadano español/a :
- Debe ser residente legal extranjero en España durante el tiempo que exige la ley
- Ambos deben estar empadronados juntos.
- Su matrimonio con cónyuge español/a debe tener una duración mínima de un (1) año y continuar casados.
- Debe presentar el certificado de inscripción consular
- Se debe mostrar medios económicos suficientes.
- Mostrar integración en la cultura española
- No debe tener antecedentes penales
- Requisito del plazo de residencia
Este último punto lo presenta Conceptos Jurídicos en su sitio web.
Señala que “en los casos de un solicitante casado con un español, el plazo de residencia se disminuye. Será requisito un año de permanencia continuada previo a la solicitud, a diferencia de los 10 años que debe acreditar el resto de los solicitantes.
Si el matrimonio es de mayor antigüedad, lo único que cuenta a los fines legales para la nacionalidad es que el último año hayan residido en el territorio español.
El plazo se contabiliza a partir del momento de la residencia, no del matrimonio”.
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Exámenes para obtener la nacionalidad por matrimonio
Dentro de los requisitos, asegura la misma firma especialista, para obtener la nacionalidad española están los exámenes:
- CCSE: se valora el conocimiento del solicitante sobre aspectos constitucionales y socioculturales del país. Es una forma de demostrar la integración social.
- DELE A2: el examen de idioma se realiza a los solicitantes no hispanoparlantes.
Documentos para solicitar la nacionalidad española por matrimonio
De acuerdo con Abogados Extranjería, se deberá entregar “algunos documentos para solicitar la nacionalidad española por matrimonio según sea su caso, donde ambos tengan nacionalidades extranjeras, uno de los cónyuges sea español/a o adquiera viudedad”.
Para todos los casos
- Certificado de registro de ciudadanía de la Unión Europea
- Pasaporte vigente
- Presentar documento que ratifique no tener antecedentes penales del país de origen (legalizado y apostillado)
- Acta de nacimiento original y validado
- Acta de matrimonio del país donde se celebró (legalizado y apostillado)
Nacionalidad española para cónyuges
- Presentar la documentación anterior
- Certificado de matrimonio vigente (3 meses / legalizado y apostillado si fue celebrado en otro país)
- Acta de nacimiento del cónyuge español/a
Cónyuge de nacionalidad española fallecido
- Presentar las primeras documentaciones
- Certificado o Acta de matrimonio
- Acta de defunción del cónyuge fallecido
- Certificado de empadronamiento o convivencia histórica
Para todos los casos, una vez haya sido aprobada su solicitud, deberá presenta juramentación a la Constitución y fidelidad al rey para recibir posteriormente su DNI.
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Nacionalidad italiana por matrimonio
Si ha de realizar el proceso, pero ante las autoridades de Italia informan, en Clarín, que “la ciudadanía por matrimonio o técnicamente llamada “naturalización por matrimonio” o “jure matrimonio” puede ser solicitada por aquellas personas que se encuentren casadas con un/a ciudadano/a italiano/a”.
Para conocer los requisitos puede solicitar información en el consulado o embajada.
En Clarín reseñan los que deben cumplir los ciudadanos argentinos. Los presentamos para, que de entrada, tengas una idea de lo que se trata.
Documentos a mano
- Partida de nacimiento original traducida al italiano. Se solicita en el Registro Civil correspondiente. Pregunta por la apostilla.
- Certificado de no tener antecedentes penales, original y traducido al italiano, emitido por el Registro Nacional de Reincidencia de origen y por las autoridades de todos los países donde haya vivido a partir de los 14 años de edad. Dicho certificado tiene una validez de 6 meses, a partir de la fecha de emisión.
- Partida de matrimonio original emitida por la Comuna italiana donde el matrimonio fue registrado. .
- DNI vigente de ambos cónyuges que demuestre la residencia en la jurisdicción consular.
- Documentación que compruebe el conocimiento de la lengua italiana, que no debe ser inferior al nivel B1.
- Recibo de depósito de una cantidad en euros.
El pago se hace “una vez que se obtuvieron todos los documentos solicitados, incluyendo el certificado que demuestra el conocimiento del idioma italiano nivel B1″.
Requisitos para la ciudadanía italiana por matrimonio
- Llevar casados tres años como mínimo.
- Ambos, deben ser residentes en la misma circunscripción consular, es decir, les debe corresponder el mismo Consulado.
- El matrimonio debe estar inscripto en la Comuna italiana de referencia, no sirve el acta de matrimonio de Argentina.
- No haberse separado, divorciado o haber anulado el matrimonio.
- No haber fallecido el cónyuge con nacionalidad italiana.
- No pueden solicitar la ciudadanía por matrimonio las personas que tengan en su certificado antecedentes penales.
- Haber rendido un examen que avale un nivel de idioma italiano de intermedio para arriba.
Destaca el medio sureño que este último requisito fue introducido hace unos años y pide que para las solicitudes de naturalización por matrimonio presentadas a partir del 4 de diciembre de 2018, se debe acreditar un conocimiento del idioma italiano no inferior al nivel B1.
Con información de Conceptos Jurídicos, Abogado Extranjería y Clarín
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