Hasta este 15 de abril, los empleadores que hayan generado utilidades en el 2024 tienen que pagarlas a sus trabajadores.

Según el art. 97 del Código del Trabajo, el reparto se hará por intermedio de la asociación mayoritaria de trabajadores de la empresa y en proporción al número de estas cargas familiares debidamente acreditadas por el trabajador ante el empleador. De no existir ninguna asociación, la entrega será directa.

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La ley también establece que no tendrán derecho a utilidades los trabajadores que percibieren sobresueldos o gratificaciones cuyo monto fuere igual o excediere al porcentaje que se fija. Además, están exonerados del pago de la participación en las utilidades los artesanos respecto de sus operarios y aprendices.

Las utilidades se pueden convertir en un alivio para los trabajadores y también les puede permitir la adquisición de algún bien o el pago de deudas.

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Las empresas obligadas a llevar contabilidad tienen la obligación de compartir sus ganancias o utilidades con todas las personas que emplean.

En el caso de extrabajadores también las reciben si laboraron al menos un día en esa empresa. Sin embargo, para ellos es un proporcional.

El reparto de las utilidades se efectúa de la siguiente manera:

  • El 10 % se dividirá para los trabajadores de la empresa, sin consideración a las remuneraciones recibidas por cada uno de ellos durante el año correspondiente al reparto, y será entregado directamente al trabajador.
  • El 5 % restante será entregado directamente a los trabajadores de la empresa, en proporción a sus cargas familiares, entendiéndose por estas al cónyuge o conviviente en unión de hecho, los hijos menores de 18 años y los hijos de cualquier edad con discapacidad.

Existen varias opciones para aprovechar al máximo las utilidades como son:

  • Liquidar deudas pagando el capital, de esta manera evitará el pago de intereses.
  • Ingresar el dinero en una póliza de ahorro para que genere un valor a favor.
  • Realizar la compra de útiles escolares o pagar la colegiatura total de su hijo/a
  • Adquirir un bien como un vehículo o dar la entrada del mismo para de esta manera financiarlo con un valor menor.