Las cédulas ecuatorianas para residentes extranjeros son otorgadas por el Registro Civil mediante una orden de cedulación emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Estas órdenes, a su vez, se emiten una vez que el migrante acceda a una visa de residencia temporal, permanente o al estado de refugiado, denominado también de protección internacional.

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Para acceder a un documento de identidad ecuatoriano, entonces, primero es necesario tramitar una visa de residencia o el estado de refugiado.

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Las visas de residencia temporal duran dos años, y aplican para jubilados, rentistas, inversionistas, misioneros y estudiantes, entre otras denominaciones. Esta categoría también solía incluir a la visa de Residencia Temporal de Excepción para Ciudadanos Venezolanos, que a partir del 5 de abril pasado ya no se puede sacar.

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En cambio, las permanentes se dan por estar 21 meses o más en el país, por matrimonio o unión de hecho con un ecuatoriano o con extranjero con residencia permanente, por grado de consanguineidad, entre otros motivos.

Todas las visas de residencia, a excepción de las temporales otorgadas por convenio, por excepción de la Cancillería, y las de vacaciones y trabajo para ciudadanos australianos y franceses, pagan un monto de $ 50 solo por la solicitud.

Además, la mayoría pagan una cantidad que varía entre $ 0 y $ 275, dependiendo del tipo de documento. Puede acceder a más información sobre los tipos de visas y sus costos en este enlace.

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La Cancillería detalla los siguientes pasos para aplicar a una visa:

  • Registrarse de forma individual, incluyendo a los menores de edad, en el sistema de generación de turnos. Es necesaria una cuenta de correo electrónico para completar el registro.
  • Adjuntar los documentos requeridos según el tipo de visa y completar los formularios. Todos los documentos adjuntos deben estar en formato PDF.
  • Esperar un correo electrónico del sistema.

El primer requisito fundamental para acceder a cualquiera de estas visas es contar con un pasaporte vigente, lo cual puede ser una barrera para los migrantes venezolanos, pues Venezuela ya no tiene misiones diplomáticas en Ecuador que expidan pasaportes debido a la ruptura de relaciones diplomáticas entre ambos países.

Incluso antes del quiebre de relaciones, el costo de un pasaporte venezolano ya era prohibitivo: la solicitud cuesta $ 200, además de un arancel consular de $ 120. A eso se le debe añadir costos de viaje.

Tras realizar la solicitud de visados y si la Cancillería otorga la residencia, el migrante debe acudir al Registro Civil con la orden de cedulación de la autoridad migratoria. Este trámite tiene un costo de $ 5 para cédulas emitidas por primera vez y de $ 16 para renovaciones. Los que reciban un documento de identidad ecuatoriano por primera vez deben pagar en efectivo.

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En cuanto a costos, si tomamos como ejemplo la visa de residencia permanente por tiempo de permanencia mayor a 21 meses, los procesos de visa (considerando que se sacó o renovó un pasaporte) y cedulación le costarían $ 600 a un oriundo de Venezuela. Esto sin costar los costos de viajar a un consulado venezolano en otro país.

Sin embargo, existe una opción para la que no es necesario sacar un pasaporte: el estado de refugiado. Se lo denomina visa de protección internacional, y dura dos años. Es posible iniciar el proceso en este enlace. (I)