En el IESS (Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social) el proceso es muy fácil. Cada trabajador en relación de dependencia aporta a la Seguridad Social el 9,45 % cada mes y el empleador el 11,15 %.
Por ejemplo, si es un sueldo básico de $ 450. El colaborador aporta $ 42,52 y la empresa: $ 50,17. Mientras más alto sea el sueldo por ende aumenta ese capital que va al IESS.
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Ahora, ¿cómo puedo verificar si mi empleador está al día con las aportaciones? La información está en la página web del IESS y es necesario seguir estos pasos.
- Ingresar a www.iess.gob.ec.
- Dar clic en trámites virtuales.
- Después en afiliados.
- Buscamos el ítem de historial laboral.
- El sistema nos pedirá usuario (cédula) y contraseña y debe ingresarla.
- Podrá ver sus datos personales y en el lado izquierda, en consultas, se desplegarán varias opciones. Ingrese en tiempo de servicio por empleador.
Allí podrá ver el total de aportaciones que posee. Por ejemplo, Ana realizó una búsqueda y verificó que sus aportaciones están completas. Ella tiene registros de dos compañías. En la primera tiene cinco imposiciones y en la segunda, donde actualmente está, ha sumado 122 aportaciones.
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En esa parte también se observa el periodo de aporte y el RUC de la empresa.
¿Cómo puedo descargar mi historial de aportaciones?
En el mismo lado izquierdo, en consultas, está aportes, damos clic y de inmediato veremos las imposiciones desde el inicio al final.
Para descargarlas, ponemos ‘imprimir aquí los aportes’, luego damos clic en el ícono de la impresora y en la parte derecha buscamos guardar como PDF.
¿Cómo verifico que esté completo?
En el documento debe existir una secuencia por los meses que aparecen como números. Ejemplo, el 3 es marzo, el 12 es diciembre y así sucesivamente. Aparece que fue cancelada y que fue pagada a tiempo.
Sin embargo, qué ocurre cuando detecto que mi empleador no canceló un mes de aportaciones. Según la experta laboral Vanessa Velásquez se puede denunciar y causaría una sanción al empleador por incumplir el derecho de los empleados.
“El incumplimiento de esta normativa, le ocasionaría una pena privativa al empleador, según lo establecido por la Constitución de uno o tres años y la clausura de sus locales o establecimiento en caso de que el empleador sea una persona jurídica”, menciona Velásquez.
El trabajador debe denunciar al empleador en la matriz del IESS, llenando un formulario y respectiva documentación. Aquí puede descargar el formulario.
Debe llenar el formulario de reclamos por evasión – subdeclaración, además de ingresar la siguiente documentación, de ser posible:
- Contrato de trabajo registrado en el Ministerio de Trabajo de forma oportuna.
- Actas y constancias de finiquito debidamente registradas conforme lo determine el Ministerio del Trabajo.
- Copias certificadas de sentencias ejecutoriadas emitidas por autoridad competente.
- Roles de pago en los que exista evidencia que hayan sido elaborados por el empleador o el área responsable.
- Reportes de décimo tercero o cuarto sueldos, registrados en los mecanismos determinados por el Ministerio de Trabajo.
- Declaración de impuesto a la renta.
- Registros de asistencias con firmas de responsabilidad del empleador o de su representante.
- Certificados de trabajo suscritos por el empleador, representante legal o el responsable de talento humano; o,
- Nombramientos, acciones de personal, emitidos por el empleador y debidamente suscritos.
Velásquez menciona que los roles de pagos son la constancia del trabajo, declaración de impuesto sobre la renta y registro de asistencia. “Estos documentos son lo que está más relacionado en la evasión del pago del empleador al IESS, pueden ser copias y originales”, dice.
Y agrega que otro aspecto por considerar es que se debe estar afiliado a la seguridad social para solicitar tu reclamo de que el empleador no ha pagado. La denuncia la puede realizarse las veces que sea necesaria.
Ider Salgado, docente de la Facultad de Ciencias del Trabajo y Comportamiento Humano de la UISEK, señala que hay situaciones de falta de afiliación, la cual también se puede denunciar en el IESS. “Indicando que hay un contrato para la existencia de una relación laboral, con esto el IESS inicia un proceso de regularización y puede de oficio obligar al empleador que lo afilie”. (I)