Quedarse sin empleo es una situación preocupante y no todos cuentan con un fondo de contingencia hasta encontrar una nueva oportunidad laboral.

Sin embargo, existe el mecanismo del seguro de desempleo para apoyarse económicamente durante un tiempo. Y para aplicar es necesario cumplir una serie de requisitos.

¿Toda persona que no tiene trabajo puede recibir el seguro de desempleo del IESS?

En Ecuador hay 3.516 beneficiarios del seguro de desempleo entre enero y febrero de 2024, para los cuales se han destinado $ 6,4 millones, de acuerdo con el IESS.

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En 2023 hubo 23.594 que accedieron al seguro y el monto colocado fue de $ 28,9 millones. Esta cantidad es superior a la que se registró en 2022 cuando hubo un monto de $ 25,1 millones y 19.494 beneficiarios.

¿Qué se debe cumplir?

Pueden acceder a esta prestación económica los afiliados que:

  • Acrediten al menos 24 aportaciones acumuladas y no simultáneas en relación de dependencia, de las cuales al menos 6 deberán ser continuas e inmediatamente anteriores a la contingencia.
  • Se encuentren en situación de desempleo por un periodo no menor a 60 días y hasta en un plazo máximo de 45 días posteriores.
  • No sean jubilados.

Así se realiza el trámite:

Foto: El Universo

Para aplicar a la prestación del seguro de desempleo, el afiliado debe realizar lo siguiente:

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  1. Ingresar la solicitud a través de la página web www.iess.gob.ec.
  2. Ir a la sección “Trámites virtuales”.
  3. Seleccionar “Afiliados”.
  4. Clic en “Seguro de desempleo”.
  5. Ingresar usuario y clave personal.
  6. Realizar la solicitud del seguro de desempleo.
  7. Verificar los datos de la cuenta bancaria.
  8. Generar la solicitud.

¿Cómo se cancela?

Se cancela en cinco pagos mensuales y el afiliado puede seleccionar entre cualquiera de las dos opciones:

La primera, el beneficiario puede recibir el valor correspondiente al fondo solidario más el monto disponible en su cuenta individual de cesantía, (siempre que tenga fondos disponibles) de la siguiente forma:

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  • Pago 1: 70 % del promedio de los últimos 12 sueldos percibidos.
  • Pago 2: 65 % del promedio de los últimos 12 sueldos percibidos.
  • Pago 3: 60 % del promedio de los últimos 12 sueldos percibidos.
  • Pago 4: 55 % del promedio de los últimos 12 sueldos percibidos.
  • Pago 5: 50 % del promedio de los últimos 12 sueldos percibidos.

En la segunda, el beneficiario puede recibir únicamente el porcentaje correspondiente al fondo solidario con cinco pagos al 70 % del salario básico unificado vigente (322 dólares para el 2024).

Este seguro se financia con los aportes del 0,5 % con cargo al empleador, que es calculado sobre la remuneración del trabajador, obrero o servidor privado y público en relación de dependencia, con los que se constituye un fondo de carácter solidario. (I)

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