La Escuela de Formación de Soldados de la Fuerza Terrestre Vencedores del Cenepa (Esforse) anunció que a partir del 1 de septiembre se dará inicio al proceso de registro para ingresar al Ejército ecuatoriano como soldado especialista.

Esto tras la duda de varios ciudadanos que buscan pertenecer a la entidad.

La Esforse es una de las escuelas de formación del Ejército que acoge a los aspirantes, una vez superado todos las pruebas. La inscripción será en línea entre el 1 de septiembre y el 1 de octubre.

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Estas son las especialidades que se contemplan en la Esforse:

TítuloEspecialidad
LicenciadoEnfermería
Tecnólogo/TécnicoAuxiliar de enfermería
LicenciadoEmergencias
Tecnólogo/TécnicoEmergencias
LicenciadoQuímica y Farmacia
LicenciadoRayos X
LicenciadoLaboratorio Clínico
Licenciado/Tecnólogo/TécnicoClarinete, trombón, tuba, barítonos
Tecnólogo/TécnicoSecretariado
TecnólogoFinanzas/Contabilidad Pública y Auditoría
TecnólogoMultimedia/Fotografía y Camarografía/Comunicación Audiovisual/Diseño Gráfico y Multimedia

Requisitos para soldados especialistas

  • Ser ciudadano o ciudadana nacido en Ecuador o ser hija o hijo de madre o padre ecuatoriano, cualquiera sea su lugar de nacimiento. En este último caso, se justificará haber vivido en el Ecuador por un período mínimo de cinco años según lo señalado en el Art. 17 de la Ley Orgánica de Personal y Disciplina de las Fuerzas Armadas.
  • Haber cumplido la mayoría de edad y no sobrepasar la edad máxima es decir 30 años a la fecha de ingreso a la escuela de formación, según lo señalado en el Art. 16 de la Ley Orgánica de Personal y Disciplina de las Fuerzas Armadas.
  • Para los aspirantes a tropa especialistas, poseer título de tercer nivel de grado técnico, tecnológico superior o equivalentes reconocidos por el Estado en carreras determinadas en la organización de las Fuerzas Armadas.
  • Estatura mínima para hombres de 1,60 metros y 1,55 para mujeres.
  • Acreditar condiciones médicas, físicas y psicológicas que le permitan cumplir el régimen de entrenamiento, militarización y cumplimiento de funciones en las Fuerzas Armadas, de conformidad con los parámetros de valoración previstos para el efecto en el reglamento de la fuerza según requerimientos. La condición médica, incluirá la respectiva valoración toxicológica, según lo señalado en el Art. 17 de la Ley Orgánica de Personal y Disciplina de las Fuerzas Armadas.
  • Aprobar los examenes de confianza una vez que su procedimiento de aplicación sea normando en el Reglamento General de la Ley Orgánica de Personal y Disciplina de las Fuerzas Armadas.
  • Aprobar los examenes académicos establecidos en la directiva o instructivo de la Fuerza Terrestre.
  • Los especialistas que hayan sido dados de baja durante su periodo de formación derán someterse a un nuevo proceso de selección y admisión
  • No haber sido dado de baja del servicio activo de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional a excepción de las causales estipuladas únicamente en los numerales 1; y del 3 al 12, del Art. 85 de la Ley Orgánica de Personal y Disciplina de las Fuerzas Armadas.
  • El aspirante o algún familiar hasta el primer grado de consanginidad no deberán registrar antecedentes penales o encontrarse inmersos en procesos judiciales vinculados con los siguientes delitos: narcotráfico, contrabando, trata de blancas, secuestros, extorsión, estafa, asesinato, lavado de activos, delincuencia organizada, minería ilegal y asociación ilícita. Personal y Disciplina de las Fuerzas Armadas.
  • No haber sido eliminado de un proceso de reclutamiento de las Fuerzas Armadas, por haber presentado documentación adulterada o forjada debidamente comprobada; así también, por haber sido detectado evadiendo o adulterando documentos, muestras (biológicas) o procedimientos establecidos para el reclutamiento.
  • El aspirante que incurra en actos fraudulentos a lo largo del proceso o participe de actos de corrupción en actividades del proceso, será separado inmediatamente. (I)