Las restricciones de movilidad, que entrarán en vigencia a partir de este domingo, 3 de mayo, en el marco del toque de queda establecido por el presidente Daniel Noboa, dentro de una franja horaria de 23:00 a 05:00 en nueve provincias y cuatro cantones, han motivado ajustes en los horarios de operación del transporte público en Guayaquil y Quito.
El Municipio de Quito informó que durante la medida se garantizará la continuidad de los servicios esenciales y la atención a la ciudadanía. La institución especificó los horarios de transporte y movilidad:
Metro:
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07:00-20:30 (último turno)
Trole/Ecovía:
06:30-20:15 (último turno)
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Alimentadores:
05:45-21:15 (último turno)
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Convencional:
06:00-22:00 (hora de cierre)
Corredores:
06:00-22:00 (último turno)
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Terminales:
06:00-22:00
Servicios municipales esenciales en Guayaquil
Además, el Municipio aclaró que se mantendrán la recolección de residuos con normalidad y la operación continua del aeropuerto.
En Guayaquil, el cabildo informó que la operación de la Metrovía y los buses urbanos será de 06:00 a 21:00 en el toque de queda.
En un comunicado reciente especificó que este domingo, 3 de mayo, la Metrovía empezará sus operaciones a las 06:00 y su última salida será a las 21:00.
Se contempla que las unidades de buses urbanos también laboren en un horario similar, dependiendo de la demanda.
En el caso de la Aerovía, entre el 4 y el 17 de mayo, habrá suspensión del traslado aerosuspendido en las cabinas, pero tendrán buses de color azul y blanco como alternativa en el horario de 05:30 a 21:30.
El presidente Daniel Noboa, a través del Decreto Ejecutivo 370, estableció un toque de queda por motivo de seguridad en nueve provincias y cuatro cantones.
La medida regirá desde el 3 hasta el 18 de mayo dentro de una franja horaria de 23:00 a 05:00 en las provincias de Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Pichincha, Esmeraldas, Santo Domingo y Sucumbíos. Además de los cantones La Maná (Cotopaxi), Las Naves y Echeandía (Bolívar) y La Troncal (Cañar).
La medida no solo restringe la movilidad nocturna, sino que también dispone la suspensión de tres derechos fundamentales: la libertad de tránsito, la inviolabilidad de domicilio y la inviolabilidad de correspondencia.
Según el Ejecutivo, la medida responde a los resultados obtenidos por las fuerzas del orden durante el último estado de excepción, así como a la persistencia de hechos violentos vinculados a estructuras criminales. (I)






