Si usted es jubilado, trabajador o voluntario afiliado al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), uno de sus derechos es solicitar préstamos quirografarios al banco de la entidad, el Biess.

Según su capacidad de pago y de que cumpla con las condiciones de aportaciones y de edad, hay diferentes montos de dinero a los que un afiliado puede acceder.

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Según el sitio web del Biess, usted puede solicitar un monto de hasta 80 salarios básicos unificados del trabajador en general ($ 36.800). El plazo máximo de pago es hasta 60 meses (cinco años) y su capacidad de endeudamiento debe ser hasta el 50 % de su sueldo.

¿Cuántas veces puedo novar un préstamo quirografario del Biess?

Tipo de aseguradoPlazo de pagoCapacidad de endeudamiento
AfiliadosHasta 60 meses50 %
ZafrerosHasta 18 meses50 %
Jubilados hasta 78 añosHasta 60 meses50 %
Jubilados hasta 83 añosHasta 48 meses50 %
Jubilados mayores de 83 añosHasta 24 meses50 %

Es decir, si usted es afiliado con el sueldo básico ($ 460) y solicita un préstamo quirografario, calculando además las tasas de interés, se establece un plazo de pago en función de que usted solo podría pagar mensualmente hasta $ 230.

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La tasa de interés que se concederá al préstamo quirografario va desde el 6,5 % y varía según el plazo. Estas tasas se reajustan semestralmente.

Qué requisitos debes cumplir en el IESS para pedir un préstamo quirografario de $ 5.000

Requisitos de aportación

  • Acreditar una fuente de repago estable, proporcional y compatible con el préstamo solicitado, consistente en el salario o remuneración reportado al IESS o la pensión que perciba, menos retenciones judiciales si las hubiera.
  • El afiliado podrá solicitar como monto de su préstamo quirografario hasta el 95 % acumulado en sus fondos de reserva o cesantía.
  • Encontrarse al día en sus obligaciones con el IESS o el Biess.

Requisitos de calificación

  • Poseer garantías reales (fondos de reserva o cesantías) en el IESS.
  • Tener mínimo doce aportaciones.
  • Ser un afiliado activo.
  • Su empleador actual no debe pertenecer al seguro social campesino.
  • No tener solicitud de cesantía en trámite.
  • Su empleador no debe estar en mora con el IESS.
  • Tener una cuenta bancaria registrada y autorizada por el IESS.
  • No constar con registro de fecha de fallecimiento en el IESS.
  • No tener crédito en mora con el IESS o Biess.
  • Si es empleador, no tener obligaciones pendientes con el IESS.
  • No tener un crédito hipotecario en trámite.
  • No tener gastos de instrumentación pendientes en solicitud de préstamos hipotecarios comenzados y no concluidos.
  • No tener comprobantes pendientes de pago.
  • No tener créditos quirografarios en trámite.
  • Tener créditos en liquidación.
  • No tener crédito vigente con el IESS.

(I)