El cuerpo de Luis S., un hombre de 23 años y presunto extorsionador, fue encontrado calcinado en Guamote, provincia de Chimborazo. El hombre habría sido maniatado y quemado por varios miembros de la comunidad después de haberlo capturado en un camión robado.
Este tipo de ‘castigos’ se los suele atribuir a la justicia indígena, un sistema de justicia que se encuentra tipificado en el artículo 171 de la Constitución del Ecuador, y considera sus costumbres y su derecho propio para resolver conflictos.
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Aunque a la comunidad se le otorga competencia y jurisdicción para resolver los conflictos internos en sus territorios, ni el asesinato ni la cárcel están contemplados en la justicia indígena.
La Constitución (2008) menciona que “las autoridades aplicarán normas y procedimientos propios para la solución de sus conflictos internos, y que no sean contrarios a la Constitución y a los derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales”, lo que significa que no se puede violar el derecho a la vida al aplicar la justicia indígena.
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En ese sistema por lo general hay un cumplimiento de un proceso en el que la persona acusada tiene un espacio para defenderse, explicó Ariruma Kowii, dirigente indígena licenciado en Ciencias Políticas y Doctor en Estudios Culturales Latinoamericanos.
En una entrevista con el programa El Mono López, transmitido por Radio City (89.3 FM en Guayaquil), Kowii explicó que hay un “cabildo y un consejo de cabildos donde van analizando la situación de un delito y luego pasan a una asamblea en donde las personas que han cometido un delito también tienen un espacio para la defensa”.
Sin embargo, con el caso del hombre quemado en Guamote, “ha habido un exceso”, reconoció el experto.
David Cordero, abogado y catedrático, también invitado al espacio radial, señaló que no se pueden considerar esas acciones como justicia indígena.
“Que este hecho haya ocurrido dentro de una comunidad indígena no podemos decir que ese hecho sea justicia indígena”, indicó Cordero.
El experto comentó que de la misma manera que si sucede un caso de ajusticiamiento en un barrio de Guayaquil o Quito no significa que sea ‘justicia mestiza’, no todo lo que hagan las comunidades indígenas es justicia indígena.
“Como en todas las culturas se pueden cometer errores, excesos y delitos”, aseguró el abogado. “Va a ser necesaria aquí una investigación y el establecimiento de ciertas responsabilidades que lleven a esta reflexión”, agregó.
El fiscal de Chimborazo Roberto Cayambe ya declaró que el caso de Luis S. fue un homicidio y que la Policía y Fiscalía continúan con las indagaciones para conocer a las personas responsables del crimen del supuesto antisocial.
Pero en el marco de la justicia indígena, los responsables de la muerte de Luis S. no deberían recibir cárcel sino seguir el proceso de su normativa, considera Cordero.
“Si hay un procedimiento de Fiscalía, tiene que tener reglas de interculturalidad, no significa que no se vaya a investigar, pero que al investigar lo ocurrido vamos a tener que aplicar reglas de interculturalidad y la cárcel no debería ser a lo que se apunte”, afirmó.
Destacó que también será fundamental abrir un diálogo con la comunidad para entender que “ese tipo de excesos le generan un daño a la comunidad y violan los derechos humanos de las personas que son sometidas a la jurisdicción indígena”.
“En general el país está viviendo una situación de violencia, de criminalidad y de insuficiencia de la reacción estatal”, reflexionó Cordero. “No se justifica, pero se entiende cómo la gente se siente desesperada y no protegida por el Estado y puede llegar a tomar acciones más violentas”. (I)