La descarga, instalación de ciertas aplicaciones IPTV (Televisión por Protocolo de Internet) y distribución de sus contenidos son acciones que pueden representar no solo riesgos legales, sino también de privacidad.
El pasado 3 de agosto, la Unidad Judicial de Garantías Penales con Competencia en Delitos Flagrantes del Guayas ordenó la suspensión inmediata de más de 180 IP que transmitían ilegalmente la Liga Pro, por medio de Magis TV, uno de los servicios más populares en el país.
La orden del juez se dirige especialmente a los representantes legales de los distintos portadores de internet del Ecuador y a la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (Arcotel). El magistrado advierte que dicha aplicación “está retransmitiendo los partidos del torneo sin autorización”, por lo que su sentencia es rastrear las direcciones IP para que sean bloqueadas.
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El abogado Jorge Salas Balladares asegura que, en efecto, existen sanciones como la privación de la libertad por distribuir de forma ilegal este tipo de productos.
“Fomentar la piratería y distribuir sistemas de telecomunicaciones, vulnerando el derecho a la propiedad intelectual, es un atentado ante todo frente a los derechos de las personas que trabajan sobre un producto que se piratea. La ley en el Ecuador salvaguarda este derecho tanto por la vía civil como penal”, explica el experto.
Al igual que las repercusiones legales, otro de los riesgos que puede implicar la descarga e instalación de estas aplicaciones es la exposición de nuestros dispositivos a malwares, virus, entre otros softwares maliciosos.
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Para Christian Jaque, experto en transformación digital, este tipo de aplicaciones no ofrece ningún tipo de garantías de seguridad. “Funcionan como una especie de mercado negro y son muy propensas a virus. En el peor de los casos pueden incluso rastrear lo que uno escribe, grabar nuestra pantalla y obtener información personal”, explica.
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Agrega que, hoy en día, para este tipo de plataformas, lo más importante no es el dinero, sino la obtención de data o información. “Actualmente es lo que más vale”, indica.
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Otro caso similar fue el suscitado en 2018, cuando la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (Arcotel) presentó la denuncia contra la aplicación IPTV Listo, que ofertaba ilegalmente la señal de un programador local a través de su página web y dejó de funcionar en julio del 2020 tras un allanamiento de la Fiscalía.
Esta fue la segunda sentencia con cárcel por la piratería de la prestación de servicios de audio y video no autorizados y la primera de una denuncia de un ente público. En el 2018 se había sancionado a dos administradores de un servidor privado a un año de cárcel, multa y reparación material. (I)