Un incremento de $ 4,12 plantearon los empleadores para el salario básico unificado (SBU) del 2024 en la segunda sesión del Consejo Nacional del Trabajo y Salarios (CNTS), que se realizó este viernes 17 de noviembre en el Ministerio del Trabajo, en Quito.
En cambio, la propuesta de los trabajadores es que se equipare con el de la canasta vital, es decir, en $ 550. El salario vigente es de $ 450.
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La postura de los empleadores para fijar el salario ha sido que prevalezcan las posiciones técnicas y ante ello, en esta reunión acudieron con el análisis de las cifras oficiales, que presentaron en la sesión del pasado 9 de noviembre los técnicos del Ministerio de Economía y Finanzas, Banco Central del Ecuador (BCE) e Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), con respecto a la inflación proyectada para el 2024 (2,07 %), previsiones de crecimiento económico (0,8 %), producción y evolución de indicadores laborales, indicaron en un comunicado.
En ese contexto, señalaron que conforme el procedimiento establecido, en esta cita presentaron la propuesta del sector empleador ajustándose a la metodología establecida en el Acuerdo Ministerial n.º 185 del 19 de octubre de 2020, expedido por el Ministerio del Trabajo, cuya fórmula normada en el acuerdo “conlleva parámetros técnicos y aspectos definidos en un estudio realizado por el Banco Mundial y su aplicación significaría un incremento de $ 4,12″.
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Los empleadores indicaron que no recibieron la información solicitada al Ministerio del Trabajo el 9 de noviembre de 2023 con respecto al “informe sobre la generación de empleo fruto de los últimos incrementos, ejercicio de la aplicación de la fórmula como parámetros de referencia para la negociación y dictamen de disponibilidad presupuestaria del Ministerio de Economía (según el artículo 74 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas) sobre el impacto fiscal de un potencial incremento salarial que también afectaría al sector público”.
Por su parte, el presidente de la Confederación Ecuatoriana de Organizaciones Clasistas Unitarias de Trabajadores (Cedocut), Mesías Tatamuez, afirmó que se mantuvieron en la propuesta que tenían por el lado de los trabajadores: un alza de $ 100 para que el sueldo básico llegue a $ 550, puesto que ese es el costo de la canasta vital, y los empresarios en que se debe calcular con base en la inflación y técnicamente.
Tatamuez señaló que es importante que el SBU se fije considerando lo que establece el artículo 328 de la Constitución, que indica que “la remuneración será justa, con un salario digno que cubra al menos las necesidades básicas de la persona trabajadora, así como las de su familia; será inembargable, salvo para el pago de pensiones por alimentos”.
Además, en la disposición transitoria vigésima quinta, la cual señala que “la revisión anual del salario básico se realizará con carácter progresivo hasta alcanzar el salario digno de acuerdo con lo dispuesto en esta Constitución. El salario básico tenderá a ser equivalente al costo de la canasta familiar. La jubilación universal para los adultos mayores se aplicará de modo progresivo”.
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De acuerdo con los empleadores, por pedido de ambas partes, el ministro del Trabajo, Patricio Donoso, decidió suspender la sesión e informó que la reanudará en los próximos días. Según Tatamuez, la sesión se inició a las 16:30 y se extendió hasta aproximadamente las 19:00.
El dirigente sindical indicó que solicitaron que se reinstale la reunión entre el lunes 20 y martes 21, mientras que los empleadores pidieron que sea el próximo viernes 24 de noviembre. En el caso de no llegar a un acuerdo, el Gobierno será el encargado de definir el SBU para el próximo año.
Estaba previsto que la administración del presidente Guillermo Lasso lo fije en $ 475 si es que no llegaban a un consenso entre empleadores y trabajadores; sin embargo, con el adelanto de la posesión del presidente electo Daniel Noboa Azín, planificada para el jueves 23 de noviembre, no se concretará ese incremento, ya que la decisión se debe tomar hasta el 30 de noviembre y para esa fecha ya estará en funciones Noboa. (I)