Las cargas familiares que se presentan ante el Servicio de Rentas Internas (SRI) para aplicar a la rebaja del impuesto a la renta ahora también pueden ser quienes tengan ingresos gravados menores al salario básico unificado.

Este cambio se realizó a través del Decreto Ejecutivo No. 176 publicado en el Suplemento No. 507 del Registro Oficial el 28 de febrero de 2024, y rige para el Anexo de Gastos Personales del periodo fiscal 2023, es decir que podrán ser consideradas cargas quienes percibieron ingresos gravados que en total no superen los $ 450 que fue el sueldo básico de ese año.

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Así lo informó este viernes 1 de marzo el SRI y como el plazo para presentar ese anexo ya terminó, la entidad indicó que se podrá realizar una presentación de anexo sustitutivo.

Las cargas familiares pueden ser los padres, cónyuge o pareja en unión de hecho e hijos hasta los 21 años o con discapacidad de cualquier edad que dependan del contribuyente y que no perciban ingresos gravados de impuesto a la renta superiores al salario básico unificado.

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“A partir del 1 de marzo del 2024, en caso de tener cargas familiares no consideradas en el anexo original, cuyo ingreso gravado en el año 2023 fue menor a $ 450, podrán presentar su anexo sustitutivo, registrando las cargas que cumplen con esta condición y la declaración sustitutiva de impuesto a la renta a partir del 9 de marzo del 2024, de ser el caso”.

Esto es para quienes no pudieron registrar una carga familiar porque el sistema identificaba que tenía ingresos gravados y estos ingresos eran por rendimientos financieros, dividendos, entre otros, explicó el SRI.

En febrero de 2024 debieron presentar el anexo del periodo fiscal 2023 las personas naturales que tuvieron ingresos superiores a $ 11.722 e hicieron uso de sus gastos personales, para acceder a la rebaja en el impuesto a la renta en función del número de cargas familiares.

El SRI informó que tiene una guía que explica cómo realizar el registro de cargas familiares para periodos a partir de 2023 disponible en la sección formularios e instructivos/ Anexo Gastos Personales en Línea – AGP/ Guía para el Usuario - Registro de cargas familiares, en el siguiente link: https://www.sri.gob.ec/formulariose-instructivos1. (I)