Desde evitar afectaciones por el síndrome de la mancha blanca y el virus de la cabeza amarilla, en el caso del camarón, proteger la industria local colombiana de trucha, el arroz, el maracuyá y vegetales, hasta el incremento de la probabilidad de introducción y diseminación del Fusarium raza 4, en el caso del plátano y el orito, son algunos de los argumentos expuestos por Colombia para restringir el ingreso terrestre de productos ecuatorianos a ese territorio.

La medida, que está vigente desde el 24 de febrero del 2026, afecta a productos ecuatorianos clasificados en 30 subpartidas arancelarias, que no pueden ingresar a su territorio bajo ningún régimen aduanero por los cruces de frontera terrestre de las jurisdicciones de las Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas de Ipiales y de Puerto Asís.

Para bloquear plátano y orito ecuatoriano, Colombia alega que ‘Fusarium’ raza 4 está cerca de su frontera, pero brote ‘está contenido y al otro extremo’

Entre estas mercancías está el arroz, que es el segundo producto más exportado por Ecuador al mercado colombiano con el 11 % de participación del total de exportaciones, según cifras de la Federación Ecuatoriana de Exportadores (Fedexpor). También están el camarón, tomates, cebollas, aguacates, pescados congelados y vivos; banano, plátano, entre otros, que integran la siguiente lista:

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  1. Arroz con cáscara (arroz “paddy”), para siembra.
  2. Los demás arroces con cáscara (arroz “paddy”).
  3. Arroz descascarillado (arroz cargo o arroz pardo).
  4. Arroz semiblanqueado o blanqueado, incluso pulido o glaseado, de grano corto o mediano (largo inferior a 6 mm y espesor inferior a 2,5 mm).
  5. Los demás arroces semiblanqueados o blanqueados, incluso pulidos o glaseados.
  6. Arroz partido.
  7. Hígados, huevas y lechas, congelados.
  8. Truchas (salmo trutta, oncorhynchus mykiss, oncorhynchus clarki, oncorhynchus aguabonita, oncorhynchus gilae, oncorhynchus apache y oncorhynchus chrysogaster), vivos, para reproducción o cría de industria.
  9. Los demás peces ornamentales vivos.
  10. Cabezas, colas y vejigas natatorias, de pescado, seco, sin secar, salado o en salmuera, ahumado, sin ahumar, incluso cocido antes o durante el ahumado.
  11. Los demás langostinos (géneros de la familia Penaeidae), congelados.
  12. Los demás camarones, langostinos y otros decápodos natantia, congelados.
  13. Las demás papas (patatas), frescas o refrigeradas.
  14. Cebolla de bulbo rojo (cabezona roja) (Allium cepa L.)
  15. Cebolla de bulbo blanco (cabezona blanca) (Allium cepa L.)
  16. Tomates frescos o refrigerados.
  17. Frijoles (fréjoles, porotos, alubias, judías) (vignas spp. y phaseolus spp), frescos o refrigerados.
  18. Los demás frijoles (fréjoles, porotos, alubias, judías) de las especies Vigna mungo (L.) Hepper o Vigna radiata (L.), secos, desvainados aunque estén mondados o partidos.
  19. Los demás frijoles (fréjoles, porotos, alubias, judías) adzuki (Phaseolus o Vigna angularis), secos, desvainados aunque estén mondados o partidos.
  20. Frijoles negros (fréjoles, porotos, alubias, judías) comunes (Phaseolus vulgaris), de vainas secas desvainados, aunque estén mondados o partidos.
  21. Frijoles canarios (fréjoles, porotos, alubias, judías) comunes (Phaseolus vulgaris), de vainas secas desvainados, aunque estén mondados o partidos.
  22. Los demás frijoles (fréjoles, porotos, alubias, judías) comunes (Phaseolus vulgaris), de vainas secas desvainados, aunque estén mondados o partidos.
  23. Los demás Frijoles (fréjoles, porotos, alubias, judías)* bambara (Vigna subterránea o Voandzeia subterránea)
  24. Los demás frijoles (fréjoles, porotos, alubias, judías)* salvajes o caupí (Vigna unguiculata)
  25. Los demás frijoles, de vainas secas desvainados, aunque estén mondados o partidos, que no sean para la siembra.
  26. Maracuyá (parchita) (Passiflora edulis var. Flavicarpa), frescas.
  27. Plátanos «plantains»: frescos.
  28. Bocadillo (manzanito, orito) (Musa acuminata) frescos.
  29. variedad hass (aguacate)
  30. Plátanos «plantains»: secos. 

¿Por qué se prohíbe su ingreso?

En el el Decreto 0170, publicado el 23 de febrero pasado en el Diario Oficial 53.408, Colombia especifica sus argumentos para incluir a las 30 subpartidas arancelarias.

Arroz: competencia y contrabando

En el caso del arroz, incluido con seis subpartidas arancelarias, Colombia explica que en 2025 el precio CIF del arroz blanco proveniente de Ecuador se estabilizó entre $ 607 y $ 617 por tonelada, muy por debajo de los niveles de 2024.

“Esta situación, sumada al riesgo de ingreso irregular por la frontera con Ecuador, configura una amenaza a la competitividad del arroz colombiano y puede incentivar una mayor dependencia de las importaciones”, argumenta el documento.

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Musáceas: Fusarium raza 4

Colombia alega que el incremento del ingreso de plátano por vía terrestre, en un contexto de debilidades estructurales en los mecanismos de registro, inspección y trazabilidad en frontera, configura condiciones que elevan de manera significativa el riesgo de introducción y diseminación de plagas y enfermedades de alto impacto para las musáceas, tales como la marchitez por Fusarium (Fusarium oxysporum f sp. cubense raza 4 tropical - R4T) y el moko bacteriano.

También argumenta que el patógeno en Ecuador ha sido localizado en zonas geográficamente próximas a la frontera colombo-ecuatoriana, y que eso, en conjunto con la dinámica de flujos terrestres de productos, personas y medios de transporte, incrementa de manera significativa la probabilidad de introducción y diseminación hacia zonas productivas del territorio colombiano.

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Pero el brote detectado de Fusarium raza 4 en Ecuador se encuentra en el cantón Santa Rosa, en la provincia de El Oro, más cercana a la frontera sur de Ecuador con Perú. Además, el Foc R4T también fue detectado en Colombia, en el sector de la Guajira en el 2019.

Camarón: virus y competencia

En el caso del camarón, los argumentos colombianos son similares, se enfocan en la posible introducción de virus a su territorio a través de los crustáceos. De acuerdo con el Decreto 0170, “la introducción de camarón y langostino por vías terrestres desde países vecinos, en este caso Ecuador, sin los debidos controles aduaneros, sanitarios y de cadena de frío, representa un riesgo significativo para la estabilidad económica del sector, la salud pública y la sanidad acuícola, al facilitar la circulación de productos sin trazabilidad, potencialmente afectados por enfermedades como el síndrome de la mancha blanca y el virus de la cabeza amarilla”.

Añaden que la producción de camarón y langostino en Colombia constituye una actividad estratégica de la acuicultura marina y continental del país, ocupando un área estimada entre 4.000 y 5.000 hectáreas, concentrada principalmente en los departamentos de Bolívar, Atlántico y Nariño, donde genera empleo directo e indirecto y encadenamientos productivos para las economías costeras.

Para el camarón ecuatoriano Colombia representa el cuarto mercado más importante en la región, con exportaciones que en 2025 alcanzaron $ 15,2 millones, con 5,2 millones de libras exportadas, lo que representó un crecimiento del 11 % respecto de lo exportado en 2024.

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Pesca: bioseguridad y contrabando

Para prohibir el ingreso de productos de la pesca, Colombia alega razones de bioseguridad y de protección de su industria, al señalar que su producción nacional de trucha alcanzó 31.113 toneladas en 2024 y 16.023 toneladas en el primer semestre de 2025, y que el sistema productivo depende en un 100 % de la importación de ovas embrionadas provenientes principalmente de los Estados Unidos.

Según información del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de Colombia, la producción de trucha enfrenta una seria problemática sanitaria, principalmente en la laguna de la Cocha en el departamento de Nariño que atribuye a la convergencia del ingreso irregular de material biológico desde Ecuador.

Productos hortícolas: riesgos fitosanitarios, competencia y contrabando

Para productos hortícolas como papa, tomate, cebollas, aguacates hass, fréjol y otros, la prohibición se basa en la protección de la industria local colombiana, la introducción de plagas y enfermedades vegetales que ponen en riesgo la seguridad alimentaria y nutricional de la población, así como los riesgos fitosanitarios asociados al ingreso de producto sin control a través del contrabando.

Por ejemplo, en el caso de la maracuyá, que según Colombia se importa de manera significativa desde Ecuador, es un cultivo que en el vecino país, según sus autoridades, constituye una actividad relevante para la economía rural. Señalan que las importaciones de maracuyá provenientes de Ecuador ingresan principalmente por vía terrestre a través del Municipio de Ipiales, importaron $ 862.105 a noviembre de 2025, el producto que compite directamente con la producción colombiana de maracuyá. (I)