La permanencia en una empresa conlleva a recibir varios beneficios, que se transforman en obligaciones para el empleador. El Código de Trabajo establece que todo trabajador que haya cumplido más de 20 años y menos de 25 años en una misma empresa tiene derecho a un proporcional de la jubilación patronal.
El artículo 188 del Código de Trabajo establece que los trabajadores que cumplieron veinte y cinco años o más de servicio de manera continua o interrumpidamente tendrán este derecho, de igual manera también pueden acceder aquellos que hayan sido despedidos intempestivamente que hayan cumplido veinte años de labores y menos de veinte y cinco.
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IESS: ¿cuál es el máximo valor que puede recibir una persona por jubilarse en Ecuador?
Para poder acceder al proporcional de la jubilación patronal se deberá presentar:
- Solicitud de Jubilación Patronal dirigido a Director/a Regional del Trabajo.
- Copia fotostática de la cédula de ciudadanía del ex trabajador.
- Copia del Carné de Afiliación al IESS o aviso de entrada y de salida del IESS.
- Acta de Finiquito para los que tienen de veinte a menos de veinte y cinco años de servicio.
El Ministerio de Trabajo especificó que la documentación se debe presentar en la Unidad de Documentación y Archivo de la entidad o en las Direcciones Regionales o Inspectorías de Trabajo provinciales.
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Además se brindará asistencia técnica donde se revisará la documentación para luego oficiar al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y a la empresa para que remitan certificaciones relacionadas al monto total de aportaciones y fondos de reserva, tiempo de servicio y remuneraciones de los cinco mejores años, con estos datos se procede a realizar el cálculo de la jubilación patronal.
¿Cómo tramitar la jubilación del IESS y conocer si se cumplen los requisitos para el retiro?
La pensión jubilar no podrá ser mayor a una remuneración básica unificada medio del último año y tampoco inferior a treinta dólares mensuales o de veinte dólares si es beneficiario de la doble jubilación.
El cálculo de la jubilación patronal consiste en la suma equivalente al 5% del promedio de la remuneración anual percibida de los cinco últimos años. Este rubro se tendrá que multiplicar por los años de servicio; el resultado se dividirá para el coeficiente de edad. Esto último se divide para 12 meses del año. (I)