Desde el 1 de enero del 2022 se encuentra en vigencia la disposición de la Junta de Regulación Monetaria y Financiera que fija como método de pago de servicios públicos en las entidades financieras a los canales virtuales.
Esto se fijó en la resolución 672-2021-F del 3 de agosto de 2021 y puso como fecha máxima el 31 de diciembre para que las entidades corresponsales implementen los mecanismos necesarios para la recaudación de esos pagos mediante débito a cuenta, transferencia electrónica, tarjeta de crédito, tarjeta de débito u otros medios electrónicos. Misma disposición rige en los sistemas auxiliares de pago corresponsales del Banco Central.
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La Junta aclaró que los pagos iguales o inferiores a 76 dólares se podrán continuar realizando en las ventanillas de las entidades corresponsales del Banco Central, ya sea como pago electrónico o físico. De igual manera las ventanillas de las entidades públicas podrán realizar la recaudación física independientemente del monto.
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El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) indicó que el pago de obligaciones patronales de los empleadores y afiliados superiores a los 76 dólares solo se recaudarán por canales digitales de las entidades financieras.
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“El pago por medios virtuales agiliza el servicio y brinda seguridad al usuario, además, garantiza que los empleadores cumplan a tiempo con sus obligaciones y los trabajadores, acceden a las prestaciones y servicios del IESS, de manera ininterrumpida”, se señaló en un comunicado.
A través de correos electrónicos o comunicados en redes sociales, varias entidades financieras le notificaron de la normativa a sus clientes para que tomen los recaudos necesarios. (I)