Contactar al trabajador después de haber culminado la jornada de trabajo puede considerarse acoso laboral y esto puede ser denunciado en la Inspectoría del Trabajo. Sin embargo, deben tenerse ciertas consideraciones, como el giro del negocio, explican expertos en material laboral.

El exsubsecretario de Trabajo Pedro Cruz explica que a raíz de la pandemia y al registrarse abuso de los empleadores públicos y privados, que obligaban a todos sus trabajadores a recibir llamadas fuera del horario normal de actividades, incluso fines de semana, días festivos, y no respetaban el derecho al descanso, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) “dictaminó que es un derecho humano de los trabajadores la desconexión digital”.

Escribir al trabajador fuera de su horario o cuando esté de vacaciones será considerado acoso laboral

Bajo ese amparo, dice que en la ley ecuatoriana se ha dispuesto que nadie puede ser llamado fuera de su jornada de trabajo, porque ese “es un derecho que tienen los trabajadores para realizar sus actividades personales, sin estar recibiendo llamadas de hostigamiento o acoso laboral fuera de las ocho horas diarias, en días festivos o en el descanso obligatorio (sábados y domingos)”.

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En el caso de darse esos llamados, indica que aquel trabajador que es acosado y hostigado con llamadas fuera de la jornada de ocho horas o de su jornada especial reducida, si es que la tiene, “es considerado un acoso laboral” y puede acudir a poner la respectiva denuncia en la Inspectoría de Trabajo y la empresa, una vez que sea verificado que existió el acoso laboral, “puede ser sancionada drásticamente por el Ministerio” del Trabajo.

Sin embargo, la abogada laboral Vanessa Velásquez dice que se deben considerar los giros propios de los negocios en los que no se puede parar. Cita como ejemplo que en el campo de la salud un médico que salió libre no es que no puede contestar porque se debe respetar su desconexión digital, pues se debe tener en cuenta que “sobre esta ley hay un deber mucho más importante, que es el cuidado de los pacientes”.

Trabajadores que deben estar conectados 24/7: ‘aquí no se descansa’, la historia de quienes no pudieron sostener su trabajo, ¿qué se considera acoso laboral?

En otro caso, como el de un técnico de sistemas de una compañía de seguridad que termina su jornada laboral y -con la coyuntura de los cortes de luz- se reconecta el servicio eléctrico y no hay internet, significa que “¿no se puede llamar?”, señala.

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La abogada laboral se pregunta qué va a pasar si resulta que se llama a un trabajador que es complicado y dice: “justo salí a una cita médica, me llamaron y porque me llamaron yo me descompuse, se me subió la presión”, (y argumenta) acoso laboral. “Imagínese lo que va a ser eso”, se cuestiona. (I)