Con el decreto ley de la Ley Orgánica para la Mejora Recaudatoria a través del Combate al Lavado de Activos, publicado en el Registro Oficial, desde el 10 de diciembre, los actores de uno de los sectores que involucra esta nueva normativa con un nuevo impuesto, el automotor, analizan la situación y las repercusiones que puede traer a la actividad comercial del sector.

La ley, a la que el Gobierno denominó “antipillos” y que ha levantado polémica por el anuncio de la Asamblea Nacional de que demandará la inconstitucional de la normativa que el pleno archivó el 27 de noviembre pasado, crea un impuesto a la compraventa de vehículos usados con la finalidad de formalizar la actividad de compra y venta de vehículos, y elimina el impuesto establecido en la Ley Sustitutiva a la Ley de Creación del Fondo de Vialidad para la Provincia de Loja (Fondvial). La tarifa no podrá superar el 5 % y se establecerá conforme a una tabla progresiva que será expedida en el reglamento de esta ley.

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Para David Molina, director ejecutivo de la Cámara de la Industria Automotriz Ecuatoriana (Cinae), más allá de las consideraciones jurídicas por la forma en que la ley entró en vigencia, le preocupa que lo que el presidente de la República, Daniel Noboa, remitió al Registro Oficial es el texto original que envió en primera instancia a la Asamblea Nacional, “que no establece una tabla progresiva como tal, como se ha anunciado: que se pondrá el 0,75 % para (vehículos) de menos de $ 20.000, el 1 % (para vehículos de) hasta $ 50.000 y así sucesivamente”.

Explicó que el texto original aprobado por ministerio de la ley establece que la tarifa se creará a través de una resolución administrativa del SRI. Según Molina, en ese marco puede encajar la tabla que se ha anunciado, pero la preocupación se enfoca en que los impuestos, por un tema de seguridad jurídica, deben estar establecidos en la ley.

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El artículo 11 de la ley establece que el SRI efectuará la determinación de la obligación tributaria con base en el registro tributario vehicular, sobre la información que conste en él y de conformidad con las disposiciones previstas en la normativa tributaria vigente.

“Este impuesto, que afecta a más de 350.000 personas por año, va a estar sujeto a resoluciones administrativas. Es decir, hoy puede ser esta tabla progresiva que plantea el Ejecutivo que se discutió en la comisión, pero después de un año puede cambiar y empezar una tabla progresiva desde el 2 % hasta el 5 % o desde el 3 % hasta el 5 %. Es decir, nos preocupa que esto no genere una seguridad jurídica a los sujetos pasivos de este impuesto, que son los compradores de vehículos de segunda mano”, manifestó el titular de la Cinae.

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Molina además recordó que, cuando asistió a la Comisión de Régimen Económico de la Asamblea Nacional, entre las observaciones que expuso estuvo que se trataba de una sustitución al impuesto que ya existía, aunque resaltó que lo más importante es que no se encontraba ninguna relación entre la tarifa de este nuevo impuesto y el control del lavado de activos.

“Este impuesto termina teniendo más un impacto recaudatorio que cualquier otra naturaleza relacionada con el espíritu de la ley”, sostuvo Molina. (I)